BOPV nº 92 · 2018-05-15 · Lehendakaritza

RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2018, de la Secretaria General de Acción Exterior, por la que se convoca el programa Gaztemundu en su edición de 2018.

El Decreto 316/2003, de 23 de diciembre (BOPV n.º 8, de 14 de enero de 2004), modificado por el Decreto 38/2015, de 31 de marzo (BOPV n.º 65, de 9 de abril de 2015), regula el programa Gaztemundu, que consiste en una estancia en Euskadi, como forma de acercamiento a su realidad actual, financiada por la Administración General de la Comunidad Autónoma. Durante dicha estancia, las personas beneficiarias deberán participar en las jornadas de trabajo, los foros de debate y en las visitas culturales, institucionales y turísticas que se organicen. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del citado Decreto, procede convocar el programa para el ejercicio 2018. Por lo tanto, RESUELVO : Artículo único Convocatoria. Convocar, con un importe de 51.600 euros, el programa Gaztemundu de estancia en Euskadi para jóvenes de Centros Vascos, en su edición de 2018, con arreglo a las Bases que se aprueban y figuran en el Anexo único. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Además de lo previsto en el Decreto 316/2003, de 23 de diciembre, por el que se regula el programa Gaztemundu, la presente convocatoria se sujeta a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, en la regulación básica establecida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de esta última. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 3 de mayo de 2018. La Secretaria General de Acción Exterior, MARÍA ÁNGELES ELORZA ZUBIRÍA. ANEXO BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA GAZTEMUNDU 2018 Primera Objeto. Las presentes bases tienen por objeto convocar el programa Gaztemundu consistente en una estancia en Euskadi, entre el 1 y el 16 de septiembre de 2018, para jóvenes que cumplan los requisitos establecidos en la base segunda. El tema formativo para esta edición gira en torno a la formación para la enseñanza de danzas vascas, en cumplimiento de lo establecido en el Plan Cuatrienal de Acción Institucional 2016-2019, aprobado por el Consejo Ases

Publicación oficial en euskadi.eus

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