BOPV nº 85 · 2018-05-04 · Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute

RESOLUCIÓN, de 15 de marzo de 2018, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se establece el procedimiento para la concesión de subvenciones de bolsas de viaje para la internacionalización de creadores/as y agentes del sector del cine y la literatura fuera del ámbito geográfico del euskera.

La Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare (en adelante IVE) en su párrafo 3.b) dispone que dicho Instituto tiene como fin: «Contribuir a dar a conocer y difundir en el exterior la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión, promoviendo en especial la cultura creada en euskera». Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 88/2008, de 13 de mayo de 2008, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del IVE, corresponde a dicho Instituto la difusión y promoción de la cultura vasca fuera de la Comunidad Autónoma Vasca. Dicho decreto establece en su párrafo 19.2 que el área de Promoción de la Cultura Vasca abarca los ámbitos de la música, las artes escénicas, las artes visuales, el cine, la arquitectura y el diseño. Por otro lado, el apartado f) del citado párrafo establece que entre las funciones del IVE se encuentra el diseño de programas de ayuda para los agentes culturales con el objetivo de dar a conocer la creación vasca en la escena internacional. Por todo lo expuesto, de conformidad con las competencias de actuación del IVE, se ha considerado interesante establecer el procedimiento para la adjudicación de subvenciones para la participación en actividades culturales que ayudarán a promover y difundir el cine y la literatura vascos fuera del ámbito geográfico del euskera. En virtud de lo cual RESUELVO : Artículo 1 Objetivo. El objetivo de la presente Resolución es establecer el procedimiento para la concesión de subvenciones de bolsas de viaje para la internacionalización de creadores/as y agentes cinematográficos y literarios fuera del ámbito geográfico del euskera. Artículo 2 Condiciones específicas y exclusiones. Para la concesión de estas ayudas se tendrán en cuenta las siguientes: Cine: ayudas para la participación de agentes cinematográficos (directores/as, actores/actrices, productores/as, guionistas) en festivales de cine internacionales, cuando han sido seleccionados/as para presentar o representar alguna película. Para que dichos festivales tengan la consideración de internacionales, será necesario que se programen trabajos de al menos tres países. Literatura: ayudas a agentes del sector literario (escritores/as, ilustradores/as, traductores/as y editores/as) para la participación en actos de nivel internacional del ámbito de la literatura, si van a presentar o representar un libro en dichos actos, si van a hablar sobre la creación literaria o si acuden como representación vasca. Quedarán excluidos de esta resolución los siguientes: Los relacionados con viajes de estudios, excursiones, intercambios, viajes de ocio o similares. Actividades relacionadas con la educación reglada y cursos de cualquier tipo. Participación en congresos, jornadas, conferencias, seminarios y similares, si en ellos el Instituto Vasco Etxepare tiene presencia, a través de sus lectorados. Encuentros, jornadas, exh

Publicación oficial en euskadi.eus

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