BOPV nº 80 · 2018-04-26 · Empleo y Políticas Sociales

ACUERDO entre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por el que se modifica el Acuerdo de encomienda de gestión, suscrito en fecha 1 de diciembre de 2017, para la realización de programación formativa dirigida a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas de la CAPV.

De una parte, Dña. Beatriz Artolazabal Albeniz, Consejera de Empleo y Políticas Sociales en su calidad de Presidenta del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, Y de otra, Dña. Maria Aranzazu Tapia Otaegui, Consejera del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, MANIFIESTAN Primero En fecha 1 de diciembre de 2017 Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras suscribieron un Acuerdo de encomienda de gestión para la realización de programación formativa dirigida a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas de la CAPV, en el ámbito agrícola y alimentario y marítimo-pesquero. En el Acuerdo se prevé que las acciones formativas serán impartidas por los centros públicos de formación profesional adscritos al Departamento de Educación, que trabajan en las áreas de conocimiento ligados al sector primario y alimentario, las políticas de desarrollo rural, litoral y forestal y la investigación agraria y oceanográfica, cuyo derecho de uso ostenta el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras (en virtud de las modificaciones de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria y de la Ley 6/1998, de 13 de marzo, de Pesca Marítima, llevadas a cabo por la Ley 2/2015, de 11 de junio), así como por HAZI Fundazioa, fundación del sector público adscrita al Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras e inscrita como entidad de formación en el Registro gestionado por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Segundo Al regular la forma de pago, en la cláusula séptima del citado Acuerdo de encomienda de gestión, se estableció que Lanbide-Servicio Vasco de Empleo procederá a transferir al Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras la dotación asignada por la impartición de las acciones formativas que componen cada Plan de formación. Sin embargo, teniendo en cuenta que los destinatarios finales de los fondos son los impartidores de la formación, esto es, la fundación HAZI y los centros públicos de formación, todos ellos con autonomía financiera, esta forma de pago directo al citado Departamento resulta inviable desde el punto de vista presupuestario y es preciso llevar a cabo su modificación. Por lo expuesto, ACUERDA N: Único. Modificar el apartado 2 de la cláusula Séptima del Acuerdo de encomienda de gestión entre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, para la realización de programación formativa dirigida a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas de la CAPV, suscrito el día 1 de diciembre de 2017 (BOPV de 7 de diciembre de 2017), que queda redactada en los siguientes términos: Lanbide-Servicio Vasco de Empleo procederá a ingresar la dotación asignada para las acciones formativas a impartir por parte de los centros de formación adscritos al Departamento de Educación, en las cuentas de las Delegaciones Territoriales del citado Departamento y procederá a transferir a HAZI fun

Publicación oficial en euskadi.eus

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