BOPV nº 77 · 2018-04-23 · Gobernanza Pública y Autogobierno
RESOLUCIÓN 77/2018, de 17 de abril, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre la Academia Vasca de Policía y Emergencias y el Ayuntamiento de Barakaldo para la creación de una bolsa de trabajo de agentes interinos pertenecientes a la escala básica de policía local.
Habiéndose suscrito por el Organismo Autónomo Academia Vasca de Policía y Emergencias el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito entre la Academia Vasca de Policía y Emergencias y el Ayuntamiento de Tolosa para la creación de una bolsa de trabajo de agentes interinos pertenecientes a la escala básica de policía local, que figura como anexo a la presente. Vitoria-Gasteiz, a 17 de abril de 2018. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 77/2018, DE 17 DE ABRIL, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ACADEMIA VASCA DE POLICÍA Y EMERGENCIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE AGENTES INTERINOS PERTENECIENTES A LA ESCALA BÁSICA DE POLICÍA LOCAL En Barakaldo, a 19 de febrero de 2018. REUNIDOS : De una parte, la Sra. Dña. Malentxo Arruabarrena Julián, Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, nombrada mediante Decreto 68/2013, de 8 de enero (BOPV n.º 11, de 16 de enero), que actúa en nombre y representación del Organismo Autónomo Academia Vasca de Policía y Emergencias, en virtud de las competencias atribuidas por los artículos 20 y 26 de la Ley 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi. De otra parte, la Sra. Dña. Amaia del Campo Berasategi, alcaldesa del Ayuntamiento de Barakaldo, en representación del mismo. Ambas partes, en virtud de la representación que ostentan, en el ejercicio de sus respectivas atribuciones y en el mutuo y recíproco reconocimiento de las facultades derivadas de la mencionada representación, EXPONEN: Primero Que ambas Administraciones actuantes son conscientes de los graves problemas que genera en el ámbito local la cobertura, en régimen de interinidad, de las plazas de agentes pertenecientes a la escala básica de policía local que se precisan bien en los periodos vacacionales, generalmente de la época estival, o ante circunstancias, imprevistas o no, y que en todo caso requieren de la contratación de dichos agentes interinos para llevar a cabo las funciones que tienen encomendadas. Segundo Que afrontar el problema expuesto requiere que ambas partes impulsen de manera conjunta la creación de una bolsa de trabajo de agentes interinos pertenecientes a la escala básica de policía local, que permita a los Ayuntamientos suscribientes que lo precisen la contratación ágil y eficaz de las personas que la integren, que habrán sido previamente seleccionadas, formadas y capacitadas para el ejercicio de sus funciones propias. Tercero Que, asimismo, el Sistema de Seguridad Pública en Euskadi precisa de mecanismos conjuntos de colaboración entre la Academia Vasca de Policía y Emergencias y las Policías Locales, con el fin de op