BOPV nº 76 · 2018-04-20 · Desarrollo Económico e Infraestructuras

RESOLUCIÓN 76/2018, de 10 de abril, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio Marco de Cooperación suscrito con la Diputación Foral de Álava y el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, para la creación de la Autoridad de Movilidad de Álava.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio Marco de Cooperación suscrito con la Diputación Foral de Álava y el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, para la creación de la Autoridad de Movilidad de Álava, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 10 de abril de 2018. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 76/2018, DE 10 DE ABRIL, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO, LA DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Y EL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ, PARA LA CREACIÓN DE LA AUTORIDAD DE MOVILIDAD DE ÁLAVA En Vitoria-Gasteiz a 6 de marzo de 2018. REUNIDOS : Doña M. Aranzazu Tapia Otaegui, Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras. Don Josu López Ubierna, Diputado Foral de Infraestructuras Viarias y Movilidad. Don Gorka Urtaran Aguirre, Alcalde del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. INTERVIENEN: Doña Arantza Tapia Otaegui, en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Don Josu López Ubierna, en representación de la Diputación Foral de Álava. Su representación deriva del Decreto Foral 133/2015, del Diputado General de 3 de julio. Don Gorka Urtaran Aguirre, en representación del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Su representación deriva de la Sesión constitutiva del Ayuntamiento celebrada el día 13 de junio de 2015, a la vista de lo establecido en el artículo 21 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Todas las partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar el presente Convenio de Cooperación y, a tal efecto, EXPONEN: Conforme a lo dispuesto en el artículo 10.32 de la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco, corresponde a la Comunidad Autónoma del País Vasco, entre otras, la competencia exclusiva en materia de «ferrocarriles, transportes terrestres, marítimos, fluviales y por cable, puertos, helipuertos, aeropuertos y Servicio Meteorológico del País Vasco, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.20 de la Constitución. Centros de contratación y terminales de carga en materia de transportes», regulando en su artículo 37.2 que ello no supondrá alteración de la naturaleza del régimen foral específico o de las competencias de los regímenes privativos de cada Territorio Histórico, entre las que cabe encuadrar las que ostenta la Diputación Foral de Álava en lo relativo a transportes por carretera en virtud de los Convenios suscritos con el Ministerio de Obras Públicas con fecha 9 de marzo de 1950. Por su parte, la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entr

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