BOPV nº 75 · 2018-04-19 · Osakidetza-Servicio vasco de salud

RESOLUCIÓN 371/2018, de 13 de marzo, de la Directora general de Osakidetza, por la que se publica el cumplimiento de la sentencia 407/2017 de 4 de julio, del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en relación a un puesto de la categoría auxiliar administrativo (OPE 2011).

Vista la sentencia judicial 407/2017 de 4 de julio de 2017 del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, y examinado el expediente administrativo a que el mandato judicial se refiere en base a los siguientes, ANTECEDENTES DE HECHO Primero Como consecuencia del pronunciamiento judicial del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 4 de julio de 2017, procede realizar actuaciones en la Oferta Pública de Empleo 2011, en el proceso selectivo de Auxiliar Administrativo. Segundo A la vista de las actuaciones previas realizadas en el proceso selectivo de Auxiliar Administrativo, respecto a la situación de Dña. María Belén Pinedo Brochado, procede continuar los trámites de ejecución de sentencia. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero Corresponde a la Directora General de Osakidetza, la ejecución del fallo judicial, en virtud de las atribuciones que le confieren la Ley 8/1997 de 26 de junio de Ordenación Sanitaria de Euskadi y el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Segundo En los Juzgados y Tribunales del orden de lo contencioso-administrativo reside la potestad de hacer ejecutar lo juzgado y en las partes del proceso la obligación de acatar sus sentencias y resoluciones, dando cumplimiento a las mismas en la forma y términos que en éstas se consignen, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 103.1 y 103.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Como consecuencia del pronunciamiento judicial del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 4 de julio de 2017, y realizados los trámites oportunos de conformidad con las bases generales de la convocatoria aprobadas por la Resolución 1282/2011, de 15 de julio, del Director General de Osakidetza, procede reconocer a Dña. María Belén Pinedo Brochado una puntuación global de 138,9667 puntos, que conlleva opción a destino. Asimismo, procede adjudicar a Dña. María Belén Pinedo Brochado un destino en la OSI Barrualde Galdakao (CS Igorre-Jornada Partida) por el turno libre en la categoría de Auxiliar Administrativo. Tercero A la institución de conservación de los actos administrativos (artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), han de acogerse cuantas otras actuaciones administrativas han concurrido en la tramitación del procedimiento de acceso ajenas a las que aquí se modifican y en los precisos términos en que se llevan a cabo. Por todo lo expuesto, RESUELVO : Primero Disponer el cumplimiento del pronunciamiento judicial del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 4 de julio de 2017, en relación a Dña. María Belén Pinedo Brochado, en el contexto de la Oferta Pública de Empleo del año 2011. Segundo Sustanciar la ejecución del fallo judicial en base a las siguientes actuaciones: Reconocer a Dña. María Belén Pinedo Brochado una puntuación global en el proceso selectivo

Publicación oficial en euskadi.eus

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