BOPV nº 65 · 2018-04-05 · Desarrollo Económico e Infraestructuras
RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2018, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se delega en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, el ejercicio de la competencia sobre determinadas materias en el área de energía, administración de industria y seguridad industrial.
La Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la resolución de los expedientes que en materia de instalaciones energéticas requieran autorización administrativa previa, de conformidad con lo establecido en el Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras. Asimismo, tiene atribuidas todas aquellas funciones en materia de energía, administración de industria y seguridad industrial que, por aplicación de lo establecido en dicho Decreto o en sus disposiciones de desarrollo, no resulten atribuidas a las Delegaciones Territoriales de Desarrollo Económico e Infraestructuras. El artículo 24 del Decreto 74/2017, de 11 de abril, establece que en cada uno de los Territorios Históricos existirá una Delegación Territorial del Desarrollo Económico e Infraestructuras, que ejercerá funciones ejecutivas en materias de competencia del Departamento, dentro de su respectivo ámbito territorial de actuación. La Orden de 4 de diciembre de 2006, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la estructura orgánica y funcional de las Oficinas Territoriales de Industria, Comercio y Turismo, establece que desde las Oficinas Territoriales de Industria, Comercio y Turismo se ejercerán las competencias y funciones de tramitación y resolución de aquellos expedientes administrativos que, en atención al grado de incidencia en el ámbito técnico reglamentario, sean delegados expresamente en las Oficinas Territoriales. Las referencias que, en la Orden de 4 de diciembre de 2006, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la estructura orgánica y funcional de las Oficinas Territoriales de Industria, Comercio y Turismo, se hacen a las Oficinas Territoriales de Industria, Comercio y Turismo han de entenderse realizadas a las Delegaciones Territoriales de Desarrollo Económico e Infraestructuras y las que se efectúan a los Jefes de las Oficinas Territoriales de Industria, Comercio y Turismo, a los Delegados Territoriales de Desarrollo Económico e Infraestructuras. Teniendo en cuenta la carga de trabajo que pesa sobre esta Dirección así como la experiencia acumulada en relación con estas áreas por las Delegaciones Territoriales, se considera conveniente, en estos momentos, efectuar la delegación de los asuntos que se relacionan en la parte dispositiva de la presente Resolución. En virtud de lo expuesto anteriormente, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 20 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, RESUELVO : Primero Se delegan en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, el ejercicio, en sus respectivos ámbitos territoriales, de la competencia para las siguientes funciones en relación con el área de energía: Resolución de los procedimientos de otorgamiento de la autorización administrativa previa p