BOPV nº 63 · 2018-04-03 · Empleo y Políticas Sociales
RESOLUCIÓN 72/2018, de 15 de marzo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio suscrito con el Servicio Público de Empleo Estatal, por el que se atribuye de forma excepcional y limitada en el tiempo al Servicio Público de Empleo Estatal, la gestión de la concesión y el pago de las ayudas contempladas en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.
Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio suscrito con el Servicio Público de Empleo Estatal por el que se atribuye de forma excepcional y limitada en el tiempo al Servicio Público de Empleo Estatal la gestión de la concesión y el pago de las ayudas contempladas en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 15 de marzo de 2018. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. CONVENIO ENTRE EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO POR EL QUE SE ATRIBUYE DE FORMA EXCEPCIONAL Y LIMITADA EN EL TIEMPO AL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL LA GESTIÓN DE LA CONCESIÓN Y EL PAGO DE LAS AYUDAS CONTEMPLADAS EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL DE LAS PERSONAS QUE AGOTEN SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO En Vitoria-Gasteiz, a 7 de febrero de 2018. REUNIDOS : De una parte, D. Julio Ángel Martínez Meroño, Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, nombrado por Real Decreto 36/2017, de 20 de enero, competente para la firma del presente convenio en virtud de lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo, asimismo, con lo señalado en el artículo 6 del Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal. Y de otra parte la Comunidad Autónoma del País Vasco, representada por D. Marcos Muro Nájera, Viceconsejero de Empleo y Juventud facultado para este acto por Acuerdo de Consejo de Gobierno del 6 de febrero de 2018. Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación que ostentan, se reconocen la capacidad jurídica suficiente en cuanto a la mencionada representación para suscribir el presente Convenio y a tal efecto, MANIFIESTAN: Primero Que el artículo 48.1 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que las Administraciones Públicas, sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes y las Universidades públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de derecho público y privado, sin que ello pueda suponer cesión de la titularidad de la competencia. Que el artículo 4.1.c) del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, excluye del ámbito de aplicación de la misma los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado con las Comunidades Autónomas. Que, en consecuencia, la Administración General