BOPV nº 61 · 2018-03-27 · Desarrollo Económico e Infraestructuras

RESOLUCIÓN 68/2018, de 9 de marzo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio suscrito entre el Fondo Español de Garantía Agraria, en calidad de Autoridad de Certificación del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP), y la Comunidad Autónoma del País Vasco por el que se encomienda a ésta la gestión de determinadas funciones, en su condición de organismo intermedio de certificación.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio suscrito entre el Fondo Español de Garantía Agraria, en calidad de Autoridad de Certificación del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP), y la Comunidad Autónoma del País Vasco por el que se encomienda a ésta la gestión de determinadas funciones, en su condición de organismo intermedio de certificación, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 9 de marzo de 2018. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 68/2018, DE 9 DE MARZO CONVENIO POR EL QUE EL FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A., EN CALIDAD DE AUTORIDAD DE CERTIFICACIÓN DEL FONDO EUROPEO MARÍTIMO Y DE LA PESCA (FEMP), ENCOMIENDA A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO LA GESTIÓN DE DETERMINADAS FUNCIONES, EN SU CONDICIÓN DE ORGANISMO INTERMEDIO DE CERTIFICACIÓN En Madrid, a 2 de octubre de 2017. REUNIDOS : De una parte, el Sr. D. Miguel Ángel Riesgo Pablo, Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (en adelante FEGA), organismo autónomo dependiente del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 696/2016, de 16 de diciembre (BOE de 17-12-2016). Interviene en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 4.2 del Estatuto del FEGA aprobado por Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre. El FEGA actúa en su condición de autoridad de certificación (en adelante AC) del FEMP. De otra, D.ª María Aranzazu Tapia Otaegui, Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, de la Comunidad Autónoma del País Vasco, (en adelante, la Comunidad Autónoma), cargo para el que fue nombrada por Decreto 27/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de nombramiento de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras. (BOPV n.º 226 de 28 noviembre de 2016). La Comunidad Autónoma actúa en su condición de organismo intermedio de certificación (en adelante OIC) del FEMP. Ambas partes se reconocen la capacidad suficiente para otorgar el presente Convenio y a tal efecto EXPONEN: Que el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1083/2006 del Consejo, contempla la designación de las autoridades de gestión, de certificación y de auditoría por p

Publicación oficial en euskadi.eus

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