BOPV nº 55 · 2018-03-19 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 8 de marzo de 2018, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones en el ejercicio 2018 a la producción teatral.

De conformidad al Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, competen al Departamento de Cultura y Política Lingüística las funciones relativas a actividades artísticas y culturales así como su difusión. Dichas funciones están atribuidas a la Dirección de Promoción de la Cultura a través del Decreto 82/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística. Dicha Dirección de Promoción de la Cultura estima oportuno proceder a arbitrar un cauce que permita la promoción de las actividades teatrales de carácter profesional, actuación encuadrable en su ámbito competencial, mediante la concesión de subvenciones a los diferentes procesos que confluyen en la producción teatral. Con tal medida se pretende obtener una fórmula de promoción de la labor creativa de los grupos teatrales vascos y posibilitar además, que tales grupos obtengan el reconocimiento a su labor y abran los posibles mercados que permitan incrementar la financiación de los mismos. Asimismo, la presente Orden está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Cultura y Política Lingüística para el período 2018-2020 aprobado por el Consejero de Cultura y Política Lingüística publicado en la web del citado Departamento. En su virtud, RESUELVO : CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden regular las condiciones de concesión de subvenciones a la producción teatral de carácter profesional que se realicen o se inicien durante el ejercicio 2018. Artículo 2 Modalidades y recursos económicos. El importe global destinado a estas subvenciones es de 880.000 euros. El importe global se distribuirá de la siguiente forma entre las modalidades de ayuda que comprende la presente convocatoria: a) 60.000 euros para la realización de residencias creativas. b) 150.000 euros para la realización de producciones. c) 220.000 euros para la realización de producciones con circuito concertado. d) 450.000 euros para la actividad teatral bienal. Sin perjuicio de las dotaciones indicadas en cada modalidad, cuando por razón de falta de solicitudes o de incumplimientos de requisitos, o de falta de calidad de las solicitudes presentadas no se agotara la cuantía establecida en una de las modalidades, la Comisión de Valoración propondrá motivadamente al Viceconsejero de Cultura el incremento de la cantidad establecida en otra, siempre y cuando la modalidad destinataria se encuentre aún sin resolver. De la aprobación del incremento propuesto se dará publicidad mediante resolución del Viceconsejero de Cultura. En caso de traspaso, tendrá prioridad la modalidad en la que el desequilibrio entre cantidad solicitada global y la dotación inicial sea mayor. Artículo 3 Personas o entidades beneficiarias. Sin

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