BOPV nº 54 · 2018-03-16 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda
RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2018, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se formula evaluación de impacto ambiental y se concede autorización ambiental integrada a la instalación de recubrimientos superficiales promovida por Acabados Superficiales Berritzen, S.L. en el Polígono Industrial Cóndor 2, pabellón 1.º de Amorebieta-Etxano (Bizkaia).
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha de 30 de noviembre de 2016, Acabados Superficiales Berritzen, S.L. presentó solicitud ante el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco para el inicio de la tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto y el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto tanto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco, como en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos y en el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, para su instalación de recubrimientos superficiales en el término municipal de Amorebieta-Etxano (Bizkaia). Igualmente, se presenta informe del Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano, de octubre de 2016, acreditativo de la compatibilidad urbanística de la actividad. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 22 de mayo de 2017, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, se acordó someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Acabados Superficiales Berritzen, S.L., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia, ambas con fecha de 6 de junio de 2017. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre y el artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la Dirección de Administración Ambiental del Gobierno Vasco solicitó el 6 de junio de 2017 informes al Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano, al Departamento de Salud y a la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología. En aplicación a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental la Dirección de Administración Ambiental remite al promotor con fecha 2 de agosto de 2017 el resultado del trámite de información pública y consulta a las administraciones afectadas y personas interesadas. Con fecha 8 de noviembre de 2017, se recibe solicitud por parte del promotor, para efectuar una modificación no sustancial sobre el proyecto inicial, consistente en la inclusión de un baño cianurado en la línea 3. La solicitud se acompaña de las correspondientes fichas de seguridad de los productos utilizados, así como de una modificación del permiso de vertido emitido por el organismo de colector, adaptándose a la situación tras la modificación. Con fecha 15 de e