BOPV nº 28 · 2018-02-08 · Gobernanza Pública y Autogobierno
RESOLUCIÓN 41/2018, de 29 de enero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y el Conseil des Organisations non Gouvernamentales D'appui au Developpement (Congad) para la financiación de un proyecto de fortalecimiento de capacidades de las entidades locales en cuestiones técnicas vinculadas a la gestión formulación y seguimiento de proyectos en Senegal.
Habiéndose suscrito por la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y el Conseil des Organisations non Gouvernamentales dappui au Developpement (Congad) para la financiación de un proyecto de fortalecimiento de capacidades de las entidades locales en cuestiones técnicas vinculadas a la gestión formulación y seguimiento de proyectos en Senegal, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 29 de enero de 2018. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 41/2018, DE 29 DE ENERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO. CONVENIO ENTRE LA AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO Y EL CONSEIL DES ORGANISATIONS NON GOUVERNAMENTALES DAPPUI AU DEVELOPPEMENT (CONGAD) PARA LA FINANCIACIÓN DE UN PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES DE LAS ENTIDADES LOCALES EN CUESTIONES TÉCNICAS VINCULADAS A LA GESTIÓN FORMULACIÓN Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS EN SENEGAL. En Vitoria-Gasteiz, a 27 de diciembre de 2017. REUNIDOS : D. Paul Ortega Etcheverry, Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo -de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2013, de 22 de enero-, que actúa en nombre y representación de la misma en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11.2.e) de la Ley 5/2008, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y el artículo 11.1.e) del Decreto 95/2010, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la citada Agencia. D. Amacodou Diouf, en calidad de Presidente del Consejo de Administración, con poder suficiente para actuar en nombre y representación del Conseil des Organisations non Gouvernamentales dAppui au Development (en adelante, Congad). EXPONEN: Primero La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo -que se inserta en el entramado de principios y estructuras establecidos en la Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo- es, tal y como establece la normativa que la crea, el ente público de derecho privado encargado de elaborar la planificación de la política de cooperación para el desarrollo del Gobierno Vasco, así como de la coordinación, gestión y ejecución de la misma, en orden a luchar contra la pobreza y promover el desarrollo humano sostenible en los países empobrecidos. La Ley 1/2007, en su artículo 5, establece como prioridad sectorial el fortalecimiento de las capacidades humanas y de la sociedad civil. Así mismo, el III Plan Director de Cooperación para el Desarrollo 2014-2017 establece entre sus líneas transversales como una prioridad la consolidación de las capacidades de las organizaciones locales a través de formac