BOPV nº 28 · 2018-02-08 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 39/2018, de 29 de enero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y la Entidad Association pour la Promotion de la femme Senegalaise (Aprofes) para la financiación de un proyecto de fortalecimiento de capacidades locales para la garantía de los derechos fundamentales de las comunidades rurales de Keur Socé en la región de Kaolack, en Senegal.

Habiéndose suscrito por la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y la Entidad Association pour la Promotion de la femme Senegalaise (Aprofes) para la financiación de un proyecto de fortalecimiento de capacidades locales para la garantía de los derechos fundamentales de las comunidades rurales de Keur Socé en la región de Kaolack, en Senegal, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 29 de enero de 2018. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 39/2018, DE 29 DE ENERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO ENTRE LA AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO Y LA ENTIDAD ASSOCIATION POUR LA PROMOTION DE LA FEMME SENEGALAISE (APROFES) PARA LA FINANCIACIÓN DE UN PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES LOCALES PARA LA GARANTÍA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS COMUNIDADES RURALES DE KEUR SOCÉ EN LA REGIÓN DE KAOLACK EN SENEGAL En Vitoria-Gasteiz, a 27 de diciembre de 2017. REUNIDOS : D. Paul Ortega Etcheverry, Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo -de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2013, de 22 de enero-, que actúa en nombre y representación de la misma en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11.2 e) de la Ley 5/2008, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y el artículo 11.1 e) del Decreto 95/2010, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la citada Agencia. Dña. Binta Sarr, en calidad de Presidenta, con poder suficiente para actuar en nombre y representación de Aprofes. EXPONEN: Primero La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo -que se inserta en el entramado de principios y estructuras establecidos en la Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo- es, tal y como establece la normativa que la crea, el ente público de derecho privado encargado de elaborar la planificación de la política de cooperación para el desarrollo del Gobierno Vasco, así como de la coordinación, gestión y ejecución de la misma, en orden a luchar contra la pobreza y promover el desarrollo humano sostenible en los países empobrecidos. El III Plan Director de Cooperación para el Desarrollo 2014-2017 hace una apuesta decidida por fortalecer el trabajo en el continente africano. En este sentido asume el compromiso de destinar para el año 2017 al menos el 25% de los fondos distribuibles a iniciativas que se desarrollen en África. Así mismo, se incluye Senegal como país prioritario. Segundo Aprofes es una organización de la sociedad civil que surge en 1987 resultado de la voluntad de un grupo de mujeres jó

Publicación oficial en euskadi.eus

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