BOPV nº 25 · 2018-02-05 · Trabajo y Justicia
ORDEN de 11 de enero de 2018, de la Consejera de Trabajo y Justicia, por la que se convoca la provisión, mediante concurso específico de méritos, de un puesto de Jefa o Jefe del Servicio Clínica Médico Forense en la Subdirección de Bizkaia del Instituto Vasco de Medicina Legal.
De conformidad con lo establecido en el artículo 532 y 533 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el artículo 49 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, se anuncia a concurso específico de méritos la provisión del puesto de trabajo de Jefa o Jefe del Servicio Clínica Médico Forense en la Subdirección de Bizkaia del Instituto Vasco de Medicina Legal. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de diciembre de 2013, por el que se aprueba el VI Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, X Legislatura. De conformidad con el Decreto 84/2017, de 11 de abril, por la que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Justicia, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por concurso específico de méritos, del puesto de trabajo vacante singularizado de Jefe o Jefa del Servicio de Clínica Médico Forense en la Subdirección de Bizkaia del Instituto Vasco de Medicina Legal, y que se relaciona en el Anexo I «relación de puestos de trabajo». Artículo 2 Requisitos de participación. Requisitos generales: a) Podrá participar el personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de Médicos Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en que esté destinado, que reúna las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantenga hasta la resolución definitiva del concurso. b) No podrá participar en el presente concurso el personal funcionario que se encuentre en situación de excedencia voluntaria por interés particular, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación; los suspensos en firme, mientras dure la suspensión; y los sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente. c) En cuanto al tiempo mínimo para participar en el presente concurso específico, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no regirá la limitación establecida en el artículo 46.1 del mismo. d) El personal funcionario que esté desempeñando un puesto singularizado po