BOPV nº 40 · 2018-02-26 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda
RESOLUCIÓN de 5 de julio 2017, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada a la instalación de tratamiento y acabado superficial de piezas promovida por Superficies Matxaria, S.A.L. en el Polígono Matxaria n.º 40, Eibar.
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha de 6 de noviembre de 2015, Superficies Matxaria, S.A.L. solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la instalación de Tratamiento y acabado superficial de piezas en el término municipal de Eibar. Igualmente, se presenta informe del Ayuntamiento de Eibar, de 21 de octubre de 2015, acreditativo de la compatibilidad urbanística de la actividad. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 10 de noviembre de 2016, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Superficies Matxaria, S.A.L., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ambas con fecha de 2 de diciembre de 2016. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 del Texto Refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, la Dirección de Administración Ambiental del Gobierno Vasco solicita el 25 de enero de 2017 informe al Ayuntamiento de Eibar, a Gipuzkoako Urak, al Departamento de Salud, a la Agencia Vasca del Agua URA y a la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología. Con fecha 13 de junio de 2017, en aplicación del artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, el conjunto del expediente se ha puesto a disposición de Superficies Matxaria, S.A.L. Finalizado el plazo establecido, no se han recibido alegaciones ni observaciones por parte de Superficies Matxaria, S.A.L. al mismo. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Texto Refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, constituye el objeto de la misma evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrado de la contaminación, con el fin de alcanzar una elevada protección del medio ambiente en su conjunto. Además de las actividades que se desarrollan en la instalación y enumeradas en el anejo 1 del Texto Refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, en la p