BOPV nº 18 · 2018-01-25 · Trabajo y Justicia

RESOLUCIÓN 10/2018, de 18 de enero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito con el Ministerio de Justicia por el que se formalizan los compromisos financieros del Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 25 de agosto de 2017 en el que se aprueba la distribución del crédito del programa de reforma de la Administración de Justicia.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito con el Ministerio de Justicia por el que se formalizan los compromisos financieros del Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 25 de agosto de 2017 en el que se aprueba la distribución del crédito del programa de reforma de la Administración de Justicia, que figura como anexo a la presente. Vitoria-Gasteiz, a 18 de enero de 2018. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 10/2018, DE 18 DE ENERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO SUSCRITO CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA, POR EL QUE SE FORMALIZAN LOS COMPROMISOS FINANCIEROS DEL ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS DE FECHA 25 DE AGOSTO DE 2017 EN EL QUE SE APRUEBA LA DISTRIBUCIÓN DEL CRÉDITO DEL PROGRAMA PARA REFORMA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA En Madrid, a 20 de diciembre de 2017. REUNIDOS El Ministro de Justicia, Sr. don Rafael Catalá Polo, de acuerdo con el Real Decreto 417/2016, de 3 de noviembre, y en uso de las competencias que le corresponden en virtud del artículo 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La Consejera de Trabajo y Justicia del Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco, D.ª María Jesús Carmen San José López, actuando en nombre y representación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, por designación mediante Decreto 36/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de nombramiento de la Consejera de Trabajo y Justicia, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 26 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno, y del artículo 3 del Decreto 84/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Justicia. EXPONEN: El Estado tiene competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia conforme establece el artículo 149.1.5.ª de la Constitución Española. El Real Decreto 1684/1987, de 6 de noviembre, sobre traspaso de funciones de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia establece en el apartado B de su anexo que la adquisición y gestión de patrimonio mobiliario, inmobiliario y enseres para los órganos judiciales con sede en la Comunidad Autónoma del País Vasco, corresponde a la citada Comunidad. Además, el apartado E del mismo anexo establece en su punto 1 que se traspasan a esta Comunidad los bienes, derechos y obligaciones afectos al ejercicio de las funciones que asume la Comunidad Autónoma del País Vasco. El artículo 13 del Estatuto de Autonomía del País Vasco señala que en relación con

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