BOPV nº 9 · 2018-01-12 · Gobernanza Pública y Autogobierno

ORDEN de 27 de noviembre de 2017, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la «Fundación Orienta Zaitez Fundazioa»

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la «Fundación Orienta Zaitez Fundazioa», sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 25 de octubre de 2017 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la «Fundación Orienta Zaitez Fundazioa», fundada por don Francisco Javier Sánchez Marcos, doña Irene Urízar Sánchez y la Sociedad Unipersonal, «Universitario Vasco Navarro, S.L.». A la solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente. Segundo La Comisión técnica de la Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco ha emitido el 24 de noviembre de 2017 informe favorable referente a la licitud e interés general de los fines fundacionales, así como a la viabilidad económica de la Fundación. Tercero En virtud de lo previsto en el artículo 3 de sus estatutos, la Fundación tiene por finalidad la inserción laboral de jóvenes a través de la orientación. La Fundación pretende abordar de manera global la gran oportunidad que supone la revolución digital dentro de la Unión Europea: no hay una formación formal adaptada a los nuevos requerimientos digitales y las empresas no encuentran personas formadas en las nuevas oportunidades y necesidades del mercado digital mundial. Para el cumplimiento de esta finalidad, la Fundación desarrollará, como actividades concretas y más importantes e inmediatas, las siguientes: Desarrollo de charlas, foros y congresos. Programas de empleo específicos formalizados en convenios con instituciones y empresas. Desarrollos digitales, audiovisuales y publicaciones que faciliten la inserción laboral de los jóvenes. Cuantas acciones sean necesarias para allegar fondos que faciliten sus objetivos." Cuarto Conforme disponen los artículos 5 y 6 de los estatutos, el domicilio fundacional queda fijado en la calle Alameda Recalde, 27, planta 2.ª, oficina 2, de Bilbao, desarrollando la Fundación principalmente sus actividades en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Quinto don Francisco Javier Sánchez Marcos aporta la cantidad de 50.000 euros, en concepto de dotación fundacional inicial de la Fundación. Se acredita documentalmente la realidad de dicha aportación en el expediente de inscripción registral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1.c) del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio. Sexto La representación, administración y gobierno de la Fundación se confía al Patronato, cuyos miembros desempeñarán sus cargos con carácter gratuito, conforme lo previsto en los estatutos fundacionales. Séptimo El Patronato inicial, conforme se establece en la escritura de constitución fundacional, está compuesto por los siguientes miembros, con vigencia en el cargo hasta el 26 de septiembre de 2020, pudiendo ser reelegidos o reelegidas por

Publicación oficial en euskadi.eus

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