BOPV nº 241 · 2017-12-20 · Desarrollo Económico e Infraestructuras
RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2017, del Viceconsejero de Industria, por la que se hace pública la Convocatoria para la Concesión de Becas de Internacionalización para el ejercicio 2018.
La Orden de 8 de noviembre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, regula el Programa BEINT de Becas de Internacionalización. De conformidad a lo establecido en el artículo 7 de la citada Orden reguladora, procede realizar la convocatoria para la selección de los becarios y becarias para el ejercicio 2018, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 7 de la Orden de referencia, RESUELVO : Primero Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2018 de las becas previstas en la Orden de 8 de noviembre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regula el Programa BEINT de Becas de Internacionalización. Segundo Becas convocadas. El número máximo de Becas de Internacionalización a conceder en el ejercicio 2018 será de 100. Las 100 personas beneficiarias realizarán la formación teórica en que consiste la Fase 1 y, de entre las personas que finalicen la misma cumpliendo con los requisitos establecidos, se seleccionarán los becarios y las becarias para continuar con las Modalidades A y B de la siguiente forma: un máximo de 80 becas en Modalidad A y un máximo de 20 becas en Modalidad B. Para la Fase 1 se seleccionará un máximo de 20 suplentes para poder cubrir posibles renuncias o cualquier otra incidencia que se produzca en las dos primeras semanas del curso, si la Dirección de Internacionalización así lo considera. Tercero Recursos económicos. A la financiación de las becas convocadas, según los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, se destinan las cantidades siguientes: La Fase 1 tiene una valoración económica máxima, para el ejercicio 2018, de 135.000 euros. Para las Modalidades A y B, conjuntamente, se destina una dotación de tres millones seiscientos cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta y seis euros y cuarenta y cinco céntimos (3.649.956 euros), distribuidos del siguiente modo: Ejercicio 2018: 511.738 euros. Ejercicio 2019: 2.052.661 euros. Ejercicio 2020: 1.085.557 euros. El importe total de las becas a conceder con cargo a la presente convocatoria no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente. No procederá por tanto la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe, suspendiéndose, a partir de ese momento, la eficacia de la presente disposición. En su caso, de ambas circunstancias se dará publicidad mediante resolución del Viceconsejero de Industria. Cuarto Requisitos, lugar y plazo de presentación de las solicitudes. Los solicitantes, para poder acceder a las becas previstas en la Orden reguladora del Programa de Becas de Internacionalización, deberán reunir los requisitos establecidos e