BOPV nº 214 · 2017-11-09 · Desarrollo Económico e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2017, del Delegado Territorial de Bizkaia del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se declara la utilidad pública de la línea eléctrica aéreo-subterránea 30 kV DC «Abanto-Santurce 1 y 2» entre la ST Santurce y los apoyos n.º 2300 y n.º 9026, y modificación de la línea aérea a 13,2 kV «Santurce-Ciervana Cto. 1» entre los apoyos n.º 901 y n.º 903, en el término municipal de Santurtzi.

Ref.: L-6450 y L-5816 GHC/TLE. Expte.: 48-AT-H-2017-01. ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 27 de enero de 2017, la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., con domicilio en Bilbao, Avda. San Adrián 48, solicita la autorización administrativa, aprobación del proyecto y la declaración en concreto de su utilidad pública de la línea arriba referenciada a los efectos de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, aportando la documentación correspondiente con objeto de dar cumplimiento a la Resolución de 8 de marzo de 2011 del Director de Energía y Minas por la que se establecen prescripciones específicas para el paso de líneas de alta tensión por zonas de arbolado. A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre (BOPV. 23-12-2002) y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE de 27-12-2000), fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en el BOB con fecha 10 de febrero de 2017, en el BOPV el 13 de febrero de 2017 y en el Diario El Correo con fecha 10 de febrero de 2017, junto con la relación de bienes y derechos que dicha empresa considera necesario expropiar. Con fecha 2 de febrero de 2017, se remitió oficio al Ayuntamiento de Santurtzi a fin de que procediese a la exposición del anuncio relativo a la actuación solicitada en el Tablón de Edictos del mismo, así como petición de informe a dicho Ayuntamiento de la procedencia o no de la declaración de Utilidad Pública de la instalación, así como a Naturgas, Petronor y Red Eléctrica Española. En el caso de Naturgas se procedió a su reiteración con fecha 23 de mayo de 2017. Dentro del período de información pública establecido al efecto, El Ayuntamiento de Santurtzi: comunica la inexistencia de oposición al otorgamiento de la autorización interesada por la mercantil. Tanto Red Eléctrica de España, como Petronor, presentaron las alegaciones, que a continuación se recogen de forma extractada: Petronor, manifiesta, que ante el nuevo trazado proyectado, entre los nuevos apoyos n.º 2301 y 2300, este sobrevuela la cámara de válvulas del oleoducto aumentando la afección existente, indicando sea tenida en cuenta la altura libre de los conductores inferiores a sus instalaciones. Asimismo, manifiesta que, en cuanto a los «accesos provisionales» para el paso de maquinaria previsto sobre el oleoducto, durante la ejecución del proyecto, deberá comunicarlos con la debida antelación para obtener la autorización pertinente por parte de Petronor. Red Eléctrica de España en relación a los cruzamientos, según los datos facilitados, resultarían reglamentarios. No obstante, finalizadas la construcción, se deberán realizar las comprobaciones correspondientes para asegurar el cumplimiento reglamentario. Habiendo dado traslado de las alegaciones y condicionados de los Organismos afectados a Iberdrola Distribución Eléctrica, SAU, esta procede a contestar a los mismos, mediante escri

Publicación oficial en euskadi.eus

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