BOPV nº 201 · 2017-10-20 · Desarrollo Económico e Infraestructuras
RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2017, del Delegado Territorial del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras en Bizkaia, por la que se somete a información pública las actuaciones denominadas enlace aéreo de las líneas aéreas a 13,2 kV «Mallabia-Mallabia cto. 1» desde el apoyo n.º 714 y «Mallabia-Circunvalación Norte cto. 4» desde el apoyo n.º 612, y adecuación de las derivaciones a los CTI n.º 200404760 «Ibergarai» y n.º 200409950 «Artamendi» en los términos municipales de Ermua y Mallabia.
Ref.: L-7976 y L-7948 IFU/MBR. Expte.: 48-AT-H-2017-00022. ANTECEDENTES DE HECHO Uno. Con fecha 25 de abril de 2017, la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. con domicilio en Bilbao Avda. San Adrián, 48, solicita autorización administrativa, declaración, en concreto de su utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea a 13,2 kV «Mallabia-Mallabia cto. 1» desde el apoyo n.º 714 y «Mallabia-Circunvalación Norte cto. 4» desde el apoyo n.º 612, y adecuación de las derivaciones a los CTI n.º 200404760 «Ibergarai» y n.º 200409950 «Artamendi» en los términos municipales de Ermua y Mallabia, aportando instancia al respecto acompañada del proyecto técnico correspondiente firmado por el Ingeniero Industrial D. Jon González del Hoyo, según declaración de competencia de fecha 19 de abril de 2017. Dos. A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre (BOPV de 23-12-2002) y artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE de 27-12-2000), fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud, de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en el BOB con fecha 25 de mayo de 2017, en el BOPV con fecha 24 de mayo de 2017 y en el diario El Correo con fecha 31 de mayo de 2017, junto con la relación de bienes y derechos que dicha empresa considera necesario expropiar. Tres. Con fecha 17 de mayo de 2017 se remitieron oficios a los Ayuntamientos de Mallabia y Ermua a fin de que procediesen a la exposición del anuncio relativo a la actuación solicitada en el Tablón de Edictos de los mismos, así como petición de informe a los mismos y a Ura, de la procedencia o no de la declaración de Utilidad Pública de la instalación, y en su caso el condicionado técnico que considerasen oportuno. Cuatro. Dentro del período de información pública establecido al efecto no se ha presentado alegación ni reclamación alguna por parte de los afectados. FUNDAMENTOS JURÍDICOS En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, del Gobierno Vasco; y la demás legislación concordante. El artículo 54 de la citada Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, declara la utilidad pública de las instalaciones de distribución de energía eléctrica a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, llevando implícita tal declaración la necesidad de ocupación de los mismos implicando la urgente ocupación a los efectos del artículo 56 de dicha Ley, así como del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. El Delegado Territorial de Bizkaia es el órgano competente p