BOPV nº 201 · 2017-10-20 · Osakidetza-Servicio vasco de salud
ORDEN de 4 de octubre de 2017, del Consejero de Salud, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Salud.
El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario oficial correspondiente. Su reglamento, aprobado por Real Decreto 1720/2007, en su artículo 54, establece el contenido básico de dicha disposición. La Ley del Parlamento Vasco 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos determina en su artículo 4 que la creación, modificación y supresión de ficheros de la Administración de la Comunidad Autónoma se realizará por orden del titular del Departamento al que esté adscrito el fichero, la cual deberá contener todas las menciones exigidas por la legislación en vigor, y será objeto de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Su artículo 18 crea el Registro de Protección de datos y establece que serán objeto de inscripción en el mismo los ficheros comprendidos en su ámbito de aplicación. Por su parte, el artículo 2 del Decreto 308/2005, de 18 de octubre, por el que se desarrolla la Ley del Parlamento Vasco 2/2004, de 25 de febrero, citada, establece que los entes públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco notificarán a la Agencia Vasca de Protección de Datos toda creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal, para su inscripción en el registro de Protección de Datos, mediante el traslado de la disposición o acuerdo a través del modelo normalizado aprobado por Resolución de 31 de octubre de 2014, del Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos (publicada en BOPV número 218, de 14 de noviembre de 2014). Mediante la Orden de 22 de diciembre de 2011 se regularon los ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Sanidad y Consumo y de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo. Tras su publicación, los cambios producidos en la estructura organizativa del Departamento y las nuevas actuaciones acometidas en diversos ámbitos exigieron modificar los anexos de aquella Orden a fin, no sólo de dar transparencia a la utilización que la Administración hace de los datos de los ciudadanos, sino, fundamentalmente, de permitir que los mismos puedan ejercitar correctamente sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, facilitando un listado actualizado de los ficheros y de sus actuales órganos responsables. Como resultado de lo anterior, se aprobó la Orden de 2 de junio de 2014, del Consejero de Salud, de modificación de la Orden por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Sanidad y Consumo y de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, que ha sido publicada en el BOPV n.º 117, de 23 de junio de 2014 (corrección de errores BOPV n.º 193, de 10 de octubre y BOPV n.º 194, de 13 de octubre de 2014).