BOPV nº 191 · 2017-10-05 · Empleo y Políticas Sociales
RESOLUCION de 4 de octubre de 2017, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria para el año 2017 de las ayudas para el desarrollo de proyectos singulares dirigidos a personas trabajadoras ocupadas y desempleadas con dificultades de acceso al empleo o mantenimiento del mismo.
El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 3 de octubre de 2017, ha aprobado la convocatoria para el año 2017 de las ayudas para el desarrollo de proyectos singulares dirigidos a personas trabajadoras ocupadas y desempleadas con dificultades de acceso al empleo o mantenimiento del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado p) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación de la convocatoria para el año 2017 de las ayudas para el desarrollo de proyectos singulares dirigidos a personas trabajadoras ocupadas y desempleadas con dificultades de acceso al empleo o mantenimiento del mismo, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado en su sesión de 3 de octubre de 2017, recogida como anexo a esta Resolución. Segundo Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria de ayudas surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, de 4 de octubre de 2017. El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, JUAN JOSE BORJA BELANDIA FRADEJAS. ANEXO CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2017 DE LAS AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS SINGULARES DIRIGIDOS A PERSONAS TRABAJADORAS OCUPADAS Y DESEMPLEADAS CON DIFICULTADES DE ACCESO AL EMPLEO O MANTENIMIENTO DEL MISMO La Ley 3/2011, de 13 de octubre, por la que se articula la naturaleza, fines y funciones de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, establece, en su artículo 2 que el organismo autónomo tiene como finalidad contribuir al pleno desarrollo del derecho al empleo, estable y de calidad, y favorecer la configuración de un mercado de trabajo que contribuya de forma eficiente a garantizar la empleabilidad de las personas trabajadoras, y a cubrir las necesidades de personal adaptado a los requerimientos de las empresas, así como a favorecer la cohesión social y territorial, a través de la gestión de las políticas de empleo y de ejecución de la legislación laboral que le sean encomendadas. Asimismo, el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en su artículo 1