BOPV nº 189 · 2017-10-03 · Educación
ORDEN de 12 de septiembre de 2017, de la Consejera de Educación, por la que resuelve el desdoblamiento de la planificación para los cursos escolares 2017-2018 / 2021-2022 y la concertación del curso escolar 2017-2018 del centro docente privado CPES San Jose-Maristak BHIP de Durango (Bizkaia).
La Orden de 28 de septiembre de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, resuelve la renovación de los conciertos educativos y la suscripción de nuevos conciertos para los cursos escolares comprendidos entre 2016-2017 y 2021-2022, así como la determinación de las unidades a concertar para el curso escolar 2016-2017, para las enseñanzas de Ed. Infantil 2.º Ciclo, Ed. Primaria, ESO, Ed. Especial (aulas estables y Aprendizaje de Tareas), Bachillerato, Formación Profesional Básica, Ciclos Formativos de Grado Medio y Ciclos Formativos de Grado Superior. La Orden de 27 de julio de 2017, de la Consejera de Educación, resuelve la determinación de las unidades a concertar para el curso escolar 2017-2018 para las enseñanzas de Ed. Infantil 2.º Ciclo, Ed. Primaria, ESO, Ed. Especial (aulas estables y Aprendizaje de Tareas), Bachillerato, Formación Profesional Básica, Ciclos Formativos de Grado Medio y Ciclos Formativos de Grado Superior. Mediante la Orden de 29 de mayo de 2017, de la Consejera de Educación, se autoriza el desdoblamiento del Centro Privado de Secundaria «San Jose-Maristak» de Durango (Bizkaia), a partir del curso escolar 2017-2018, resultando de dicho desdoble el centro privado de Educación Secundaria «Maristak Durango» con autorización para la impartición de la Formación Profesional y el centro privado de Educación Secundaria «Maristak Durango Batxilergoa» con autorización para la impartición de la enseñanza de Bachillerato. Por todo ello, RESUELVO : Artículo 1 Aprobar el desdoblamiento de la planificación para los cursos escolares 2017-2018/2021-2022, tal y como se especifica en los Anexos I a esta Orden. Artículo 2 Aprobar el desdoblamiento de la concertación del curso escolar 2017-2018, tal y como se especifica en los Anexos II a esta Orden. Artículo 3 La presente Orden surtirá efectos a partir del curso escolar 2017-2018. DISPOSICIÓN FINAL Contra la presente Orden, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 12 de septiembre de 2017. La Consejera de Educación, CRISTINA URIARTE TOLEDO. (Véase el .PDF)