BOPV nº 188 · 2017-10-02 · Cultura y Política Lingüística

RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2017, del Director de HABE, por la que se regula la concesión de ayudas económicas a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, por los cursos de euskera correspondientes al período comprendido entre octubre de 2017 y septiembre de 2018.

La Ley 8/1994, de 27 de mayo, por la que se regulan las relaciones con las colectividades y Centros Vascos en el exterior de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en su artículo 8.1.j) establece que, los Centros Vascos-Euskal Etxeak y las federaciones y confederaciones reconocidas según lo establecido en la mencionada ley, tendrán la capacidad de organizar cursos de euskera. Por otra parte, el Decreto 179/2003, de 22 de julio, en su disposición adicional segunda, establece que HABE podrá extender sus convocatorias de ayudas relativas a los cursos impartidos por los euskaltegis privados, a los Centros Vascos-Euskal Etxeak que, estando inscritos y teniendo todos sus datos actualizados en el Registro de Centros Vascos-Euskal Etxeak del Gobierno Vasco, impartan cursos de euskera adaptados a los programas de euskaldunización de adultos, establecidos por HABE. En tal sentido, la Orden de 5 de mayo de 2017 del Departamento de Cultura y Política Lingüística por la que se aprueba el Plan Estratégico para el año 2017 prevé en el objetivo 7 del ámbito de actuación de Política Lingüística el fomento de la euskaldunización de adultos dentro de la acción «47130 subvenciones dirigidas a los Centros Vascos-Euskal Etxeak». Respecto a los requisitos académicos y las condiciones que se han de cumplir para acceder a las subvenciones convocadas por HABE, la Resolución de 27 de julio de 2005, del Director de HABE, que regula el régimen general de dichas condiciones, establece que en el caso de los Centros Vascos-Euskal Etxeak, serán las convocatorias anuales de ayudas las que regulen las condiciones y demás criterios para su concesión, dada la diversidad y singularidad de dichos Centros. Por todo ello, en virtud de las facultades reconocidas por las mencionadas disposiciones y por el Decreto 34/1996, de 13 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de HABE, y de conformidad con lo regulado por el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, y por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, por los cursos de euskera impartidos entre octubre de 2017 y septiembre de 2018. Artículo 2 Recursos económicos. El importe de los recursos económicos destinados a la presente convocatoria, procedentes de los créditos establecidos al efecto en los Presupuestos de HABE, asciende a la cantidad de 234.000 euros, con la siguiente distribución plurianual: 1. 54.000 euros de crédito de pago, para ayudas correspondientes a la actividad lectiva a desarrollar en el período octubre-diciembre de 2017. 180.000 euros de crédito de compromiso, para ayudas correspondientes a la actividad lectiva a desarrollar en el período enero-septiembre de 2018. Artículo 3 Entidades beneficiarias. Las subven

Publicación oficial en euskadi.eus

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