BOPV nº 187 · 2017-09-29 · HABE
RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2017, del Director de HABE, por la que se establecen las condiciones para la concesión de subvenciones a los euskaltegis de los ayuntamientos o de las entidades de ellos dependientes, euskaltegis públicos de titularidad municipal, para el curso 2017/2018.
El Decreto 179/2003, de 22 de julio, que regula la actividad de los euskaltegis y demás centros homologados que imparten la enseñanza del euskera a adultos, y de su financiación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece en el artículo 16 que HABE colaborará, dentro de sus disponibilidades presupuestarias, en la financiación de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje de euskera, inscritos en el Registro, por su labor de euskaldunización de personas adultas. A tal efecto, dispone que el Director de HABE realizará, cada curso académico, convocatorias de ayudas económicas. Por otro lado, la Resolución del Director de HABE, de 27 de julio de 2005, regula los requisitos académicos y las condiciones que en su relación con HABE deben cumplir los euskaltegis públicos, los euskaltegis privados homologados, los centros homologados de autoaprendizaje, así como los Centros Vascos-Euskal Etxeak, a fin de acceder a las subvenciones que por impartir cursos de euskera convoque HABE cada curso académico, dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes. En tal sentido, la Orden de 5 de mayo de 2017 del Departamento de Cultura y Política Lingüística por la que se aprueba el Plan Estratégico para el año 2017 prevé en el objetivo 7 del ámbito de actuación de Política Lingüística el fomento de la euskaldunización de adultos dentro de la acción "47130 subvenciones dirigidas a los euskaltegis públicos de titularidad municipal". Por tanto, procede establecer los módulos de financiación para el curso 2017/2018, definiendo por medio de esta, los que corresponden a los euskaltegis públicos de titularidad municipal. Por todo ello, en virtud de las facultades reconocidas por las mencionadas disposiciones y por el Decreto 34/1996, de 13 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de HABE, y de conformidad con lo regulado por el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, y por la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, y por su Reglamento aprobado mediante Real Decreto 887/2003, de 21 de julio, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Por la presente Resolución se regula el régimen de ayudas destinadas a la financiación de los cursos de euskera impartidos por los euskaltegis públicos de titularidad municipal, durante el curso 2017/2018 (período octubre-diciembre 2017 y enero-septiembre 2018). Las cantidades que se otorguen como tales ayudas serán financiadas con cargo a las dotaciones que al efecto quedan consignadas en los Presupuestos de HABE, por un importe de 11.519.370 euros, siendo tal importe el límite de concesión para el conjunto de las ayudas previstas. En el supuesto de que dichos fondos fueran insuficientes para hacer frente a las necesidades de financiación solicitadas, se procederá al prorrateo de la subvención entre las entidades beneficiarias, atendiendo a las cantidades que hu