BOPV nº 173 · 2017-09-11 · Gobernanza Pública y Autogobierno
ORDEN de 4 de septiembre de 2017, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se aprueba la extinción y liquidación de la entidad «Fundacion Basque Metropoli Fundazioa», se inscribe la misma en el Registro de Fundaciones del País Vasco y se ordena la cancelación de su hoja registral.
Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 30 de junio de 2017 ha tenido entrada en el Registro del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, doble copia autorizada de la escritura pública de extinción - liquidación de la entidad denominada «Fundación Basque Metropoli Fundazioa», otorgada el 29 de junio de 2017, ante el Notario del Ilustre Colegio del País Vasco don Manuel López Pardiñas (n.º de protocolo: 2144). Tercero La citada escritura pública incorpora certificación expedida el 28 de junio de 2017, por don Iker Bergaretxe Larrea, Secretario/a Liquidador/a del Patronato de la Fundación, con el visto bueno del Presidente/a, don José Antonio Garrido Martínez del acta de la reunión del Patronato celebrada el 27 de junio de 2017, en la que se adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: Acordar la extinción de la fundación y el destino del líquido resultante de la liquidación fundacional, así como el cese del Patronato y el nombramiento de la Comisión Liquidadora. Aprobar el Balance de liquidación de la Fundación, así como el Informe de Operaciones de liquidacion realizadas. Aprobar las operaciones de liquidación de la Fundación, tras la ejecución del programa de liquidación aprobado, una vez pagadas las cantidades determinadas a la entidad Cáritas Diocesana de Bilbao. Tener por finalizado el Procedimiento de Liquidación de la Fundación, tras hacer ejecutado el acuerdo del destino de los bienes de la Fundación. Así mismo, la escritura pública incorpora el Informe de operaciones de realización de los bienes y liquidación de la Fundación, así como la justificación del destino del remanente resultante de la liquidación fundacional. Cuarto El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde al Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, artículo 6.1.m) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno. Segundo Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumplién