BOPV nº 173 · 2017-09-11 · Gobernanza Pública y Autogobierno
ORDEN de 4 de septiembre de 2017, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se aprueba la liquidación de la «Fundación Centros Tecnológicos Iñaki Goenaga», se inscribe la misma en el Registro de Fundaciones del País Vasco y se ordena la cancelación de su hoja registral.
Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 28 de diciembre de 2017 ha tenido entrada en el Registro del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, copia autorizada de la escritura pública de liquidación de la «Fundación Centros Tecnológicos Iñaki Goenaga», otorgada el 19 de octubre de 2016, ante el Notario de Bilbao y del Ilustre Colegio del País Vasco, don Ramón Múgica Alcorta (n.º de protocolo: 1609). Segundo La citada escritura pública incorpora certificación expedida el 15 de marzo de 2016, por don José María Villate Blanco, Secretario del Patronato de la Fundación, con el visto bueno del Presidente, don Alejandro Bengoa Gorosabel del acta de la reunión del Patronato de la misma fecha, en la que se adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: Examen y aprobación de las Cuentas Anuales de extinción y liquidación de la Fundación correspondientes al ejercicio cerrado a 15 de marzo de 2016. Se acompaña asimismo la auditoría realizada por Gutierrez Bureau D`Auditeurs, S.L. Acordar la extinción de la fundación y liquidación de la fundación, así como el destino del líquido resultante de la liquidación fundacional, así como el cese del Patronato y el nombramiento de la Comisión Liquidadora. Dicha extinción fue ratificada por el Protectorado de Fundaciones del País Vasco mediante Resolución de la Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos de fecha 31 de agosto de 2016. Aprobar el Balance de liquidación de la Fundación, así como el Informe de Operaciones de liquidación realizadas. Aprobar las operaciones de liquidación de la Fundación, tras la ejecución del programa de liquidación aprobado, una vez pagadas las cantidades determinadas a la entidad Asociación Innobasque-Agencia Vasca de la Innovación-Berrikuntzaren Euskal Agentzia, con la que se ha suscrito el Convenio de fecha 3 de febrero de 2016 donde se establecen los principios básicos para el destino de los fondos recibidos. Tercero El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde al Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, artículo 6.1.m) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuació