BOPV nº 172 · 2017-09-08 · Hacienda y Economía

RESOLUCIÓN 89/2017, de 4 de septiembre, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto Nacional de Estadística y el Instituto Vasco de Estadística para la realización de la Encuesta de centros y servicios de atención a las personas sin hogar 2016 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Habiéndose suscrito por el Instituto Vasco de Estadística el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto Nacional de Estadística y el Instituto Vasco de Estadística para la realización de la Encuesta de centros y servicios de atención a las personas sin hogar 2016 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que figura como anexo a la presente. Vitoria-Gasteiz, a 4 de septiembre de 2017. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 89/2017, DE 4 DE SEPTIEMBRE, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y EL INSTITUTO VASCO DE ESTADÍSTICA PARA LA REALIZACIÓN DE LA ENCUESTA DE CENTROS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS SIN HOGAR 2016 EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI. De una parte D. Gregorio Izquierdo Llanes, Presidente del Instituto Nacional de Estadística (en adelante INE), en nombre y representación del mismo, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 5.2 del Estatuto del Instituto Nacional de Estadística aprobado mediante Real Decreto 508/2001, de 11 de mayo. De otra parte, D. Josu Mirena Iradi Arrieta, Director General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística (en adelante Eustat), en nombre de la C.A. de Euskadi, según las atribuciones que le asigna La Ley 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en virtud de la autorización otorgada por el Consejo de Gobierno en su sesión de 13 de junio de 2017. EXPONEN: Que el Instituto Nacional de Estadística y Eustat están llevando a cabo diversas colaboraciones en materia estadística de manera satisfactoria para ambas partes. Que la existencia de un interés común del Estado y de la Comunidad Autónoma de Euskadi en avanzar en el conocimiento de los procesos de exclusión social, así como de las características de los centros de atención a las personas sin hogar determina la conveniencia de coordinar la actividad pública en la investigación de dicha realidad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, evitando así duplicidades innecesarias, toda vez que el Estado goza de competencia exclusiva sobre estadística para fines estatales, según el artículo 149.1.31 de la Constitución y la Comunidad Autónoma de Euskadi tiene competencia exclusiva en materia estadística para sus propios fines y competencias, según el artículo 10.37 del Estatuto de Autonomía de Euskadi, aprobado por Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre. Que los objetivos antes señalados se pretenden alcanzar con la Encuesta de centros y servicios de atención a las personas sin hogar 2016 operación estadística recogida en el Plan Estadístico Nacional 2017-

Publicación oficial en euskadi.eus

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