BOPV nº 172 · 2017-09-08 · Cultura y Política Lingüística
CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 82/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaria del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en el Decreto 82/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 76, de 21 de abril de 2017, se procede a su corrección: En la página 2017/1968 (3/24), en el artículo 2, donde dice: Entidades del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. a) Administración Institucional: están adscritas al Departamento de Cultura las entidades de la Administración Institucional que a continuación se señalan: debe decir: Entidades del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. a) Administración Institucional: están adscritas al Departamento de Cultura y Política Lingüística las entidades de la Administración Institucional que a continuación se señalan: En la página 2017/1968 (4/24), en el artículo 3, donde dice: Las Viceconsejeras o Viceconsejeros ostentarán en los ámbitos de actuación que respectivamente les vienen atribuidos las siguientes facultades: (...) k) Colaborar con la Consejera o Consejero de Cultura en los ámbitos de actuación que se les atribuye en su relación con el Ente Público Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute por razón de su adscripción al Departamento de Cultura. Debe decir: Las Viceconsejeras o Viceconsejeros ostentarán en los ámbitos de actuación que respectivamente les vienen atribuidos las siguientes facultades: (...) k) Colaborar con la Consejera o Consejero de Cultura y Política Lingüística en los ámbitos de actuación que se les atribuye en su relación con el Ente Público Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute por razón de su adscripción al Departamento de Cultura y Política Lingüística. En la página 2017/1968 (7/24), en el artículo 7, donde dice: En cuanto al Gabinete de la Consejera o Consejero desempeñará los siguientes cometidos: a) Asistir a la Consejera o Consejero en el ejercicio coordinado de las competencias atribuidas al Departamento de Cultura. Debe decir: En cuanto al Gabinete de la Consejera o Consejero desempeñará los siguientes cometidos: a) Asistir a la Consejera o Consejero en el ejercicio coordinado de las competencias atribuidas al Departamento de Cultura y Política Lingüística. En la página 2017/1968 (11/24), en el artículo 8, donde dice: Quedan adscritos a la Dirección de Servicios los servicios territoriales de Cultura existentes en cada uno de los