BOPV nº 166 · 2017-08-31 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 87/2017, de 25 de agosto, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Memorando de entendimiento suscrito con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Memorando de entendimiento referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Memorando de entendimiento suscrito con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 25 de agosto de 2017. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 87/2017, DE 25 DE AGOSTO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO REUNIDOS : De una parte, D. Iñigo Urkullu Renteria, Lehendakari de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en adelante también Gobierno Vasco. Y de otra parte, D. Paulo Speller, Secretario General de la Organización de Estados Iberoamericanos, para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en adelante llamada OEI. En adelante denominados, los Firmantes EXPONEN: Considerando que la OEI es un Organismo Internacional de carácter gubernamental para la cooperación entre los países iberoamericanos en el campo de la educación, la ciencia, la tecnología y la cultura en el contexto del desarrollo integral, con acreditada experiencia internacional, equipos humanos cualificados y recursos materiales adecuados para colaborar en actuaciones de interés común con el Gobierno Vasco. Considerando que para el cumplimiento de sus fines, la OEI, según se establece en el artículo 3 de sus Estatutos, podrá celebrar acuerdos y suscribir convenios y demás instrumentos legales con los Gobiernos Iberoamericanos, con otros Gobiernos, con organizaciones internacionales y con instituciones, centros y demás entidades educativas, científicas y culturales. Considerando que en virtud del Estatuto de Autonomía, la Comunidad Autónoma del País Vasco·tiene competencia en las siguientes materias, a) De conformidad con el artículo 10.17 del Estatuto de Autonomía, la Comunidad Autónoma del País Vasco tiene competencia exclusiva en materia de cultura, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.2 de la Constitución sobre el deber del Estado y su atribución esencial en lo que respecta a la promoción de la cultura. b) A tenor del artículo 16 del Estatuto de Autonomía y en aplicación de los derechos históricos amparados por la disposición adicional primera de la Constitución, es de la competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio del artículo 27 de la Constitución, las Leyes Orgánicas que lo desarrollen y los contenidos básicos establecidos por el Estado en virtud de artículo 149.1.30.ª de la Constitu

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