BOPV nº 156 · 2017-08-17 · Turismo, Comercio y Consumo

ORDEN de 26 de julio de 2017, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca para el ejercicio 2017, el programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana - Hirigune.

En el Programa de Gobierno de esta XI Legislatura, Euskadi 2020, dentro del Eje I.1. Un crecimiento sólido con más y mejor empleo, en el compromiso número 31 «Fomento de la competitividad del sector comercial vasco», se hace constar el apoyo al comercio local, impulsando su competitividad como elemento fundamental para la consolidación del empleo y la dinamización de pueblos y ciudades, gestionando de forma eficiente los espacios urbanos. Del mismo modo, se apuesta por el fomento de la cooperación comercial, incentivando las estrategias zonales de cooperación, dinamización y competitividad comercial, y fortaleciendo las asociaciones empresariales de comercio. Para ello, se hace indispensable, la puesta en marcha de acciones en las que, a través de la colaboración público-privada, se establezcan entre Ayuntamientos y Asociaciones programas de dinamización. Nuestras políticas deben estar dirigidas a la generación de riqueza y a la creación de empleo sostenible y de calidad, todo ello, en el escenario que nos dibuja esta globalización y estos cambios de hábitos de consumo, cada vez más competitivo y profesionalizado, en el que la excelencia y la calidad en el producto y en el servicio, son cada vez más determinantes en la elección de compra, y por lo tanto en la consecución de resultados. Para la materialización de estos objetivos, es imprescindible el apoyo a mecanismos de colaboración público-privada, impulsando acciones de cooperación sectorial y zonal dentro del propio entorno municipal, mejorando así el posicionamiento de nuestras empresas en el propio entorno. De cara al ejercicio 2017, presentamos modificaciones normativas, que deben servir para mejorar la experiencia en ejercicios anteriores. Destaca la inclusión de un nuevo tipo de beneficiario para las actuaciones a desarrollar por parte los ayuntamientos, concretamente, aquellos con más de 10.000 habitantes, más de 100 establecimientos comerciales y una tasa de desempleo superior a la media de la Comunidad Autónoma. Es obligación de todo gobierno, generar entornos y herramientas que ayuden a generar actividad económica a todos, y especialmente, a quienes más lo necesitan. Y, en virtud de ello, RESUELVO : Artículo único Aprobar, en los términos que se recogen en el anexo, las bases reguladoras de la convocatoria, para el ejercicio 2017, del programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana - Hirigune. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA En todo lo no previsto por las bases, será de aplicación el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, además del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV