BOPV nº 150 · 2017-08-08 · IVAP

RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2017, de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se convocan cinco becas destinadas a sufragar los gastos de matrícula de cinco titulados universitarios para realizar el «XLIII (43) Curso de Urbanismo y Estudios Territoriales (2017-2018)» organizado por la Escuela Vasca de Estudios Territoriales y Urbanos (EVETU), dependiente del Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP).

La Escuela Vasca de Estudios Territoriales y Urbanos (EVETU), dependiente del Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP), organiza el «XLIII (43) Curso de Urbanismo y Estudios Territoriales (2017-2018)». Habida cuenta de la entidad, estructura y coste del curso, la experiencia de las diversas ediciones ya realizadas, muestra que alguno de los alumnos/as que solicitan realizar este curso precisan de apoyo económico para poder desarrollarlo, por lo que se ha entendido necesario dotar de éste a 5 alumnos/as que realicen el «XLIII (43) Curso de Urbanismo y Estudios Territoriales (2017-2018)». La presente convocatoria se configura como una línea subvencional enmarcada dentro del vigente Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Vasco de Administración Pública, y tiene como objetivo favorecer la formación y el reciclaje de las personas que desarrollan su actividad en las áreas relacionadas con la Ordenación del Territorio y el Urbanismo. Por consiguiente, RESUELVO : Artículo único Convocar y aprobar las bases de la convocatoria de cinco becas destinadas a sufragar los gastos de matrícula de cinco titulados universitarios para realizar el «XLIII (43) Curso de Urbanismo y Estudios Territoriales (2017-2018)» organizado por la Escuela Vasca de Estudios Territoriales y Urbanos (EVETU), dependiente del Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP) con arreglo a las bases contenidas en los anexos de la presente Resolución. DISPOSICIONES FINALES Primera Contra la presente Resolución de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, según lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución. El recurso podrá interponerse ante el órgano emisor de esta Resolución o ante el Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, se podrá entender desestimado el recurso y se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa. Segunda La presente Resolución surtirá efectos el día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 27 de julio de 2017. La Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, MARÍA TERESA IRURETAGOYENA IBARGUREN. ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN CINCO BECAS DESTINADAS A SUFRAGAR LOS GASTOS DE MATRÍCULA A CINCO TITULADOS UNIVERSITARIOS PARA REALIZAR EL «XLIII (43) CURSO DE URBANISMO Y ESTUDIOS TERRITORIALES (2017-2018)» ORGANIZADO POR LA ESCUELA VASCA DE ESTUDIOS TERRITORIALES Y URBANOS (EVETU), DEPENDIENTE DEL INSTITUTO VASCO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (IVAP). BASES Primera Objeto. La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la adjudicación, en régimen de concurrencia com

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