BOPV nº 148 · 2017-08-04 · Desarrollo Económico e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2017 del Director de Infraestructuras del Transporte, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Construcción de la supresión de pasos a nivel y cierre de vía en el tramo Usansolo-Lemoa de la línea Bilbao-Donostia. Paso a nivel Lasarmintegi».

Mediante Resolución de 20 de marzo de 2017, del Director de Infraestructuras del Transporte, se aprueba el «Proyecto de Construcción de la supresión de pasos a nivel y cierre de vía en el tramo Usansolo-Lemoa de la línea Bilbao-Donostia. Paso a nivel Lasarmintegi». El «Proyecto de Construcción de la Supresión de Pasos a Nivel y cierre de vía en el tramo UsansoloLemoa de la Línea Bilbao-Donostia. Paso a nivel de Lasarmintegi» tiene por objeto la definición técnica y la valoración económica de las obras necesarias para llevar a cabo la supresión del paso a nivel. Las actuaciones que se desarrollan en este proyecto van encaminadas a la supresión del paso a nivel de Lasarmintegi. Se resumen en, a saber; construcción de un nuevo vial, disposición de cerramiento en el paso a nivel y retirada de la señalización del paso a nivel. A efectos de obtención de los terrenos y de la gestión de los bienes y derechos afectados, el proyecto contiene la identificación pormenorizada de los mismos mediante la relación y planos parcelarios del anexo de expropiaciones. Este órgano es competente para la adopción de los actos de tramitación y resolución del procedimiento de expropiación forzosa para la realización de las obras de infraestructura ferroviaria competencia de la Comunidad Autónoma, según lo dispuesto el artículo 22.1 c) del Decreto 174/2017 de 11 de abril, del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras. A tenor de lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 38/2015 ,de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, la aprobación de los proyectos de establecimiento de nuevas líneas o de ampliación y mejora de las existentes que contengan la determinación de los bienes que se considera preciso ocupar supone, a efectos de los requisitos y del procedimiento de expropiación forzosa, la declaración de utilidad pública o interés social del proyecto y de sus modificaciones, y la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados identificados en los mismos. No obstante, aunque se entienda que la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados se encuentra implícita en la aprobación del Proyecto, los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley de Expropiación Forzosa establecen la obligación de formular la relación descriptiva de dichos bienes y derechos y de someterla al trámite de información pública, a fin de que puedan formularse alegaciones y aportar datos en orden a la rectificación de los posibles errores de la misma y a la correcta determinación de los interesados. Por lo cual, vistas las disposiciones citadas y demás concordantes y de aplicación general, RESUELVO : Someter al trámite de información pública la adjunta relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Construcción de la supresión de pasos a nivel y cierre de vía en el tramo Usansolo-Lemoa de la línea Bilbao-Donostia. Paso a nivel Lasarmintegi» al objeto de que durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicació

Publicación oficial en euskadi.eus

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