BOPV nº 146 · 2017-08-02 · Empleo y Políticas Sociales

ORDEN de 12 de julio de 2017, de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, por la que se efectúa, para el año 2017, la convocatoria prevista en el Decreto 271/2012, de 4 de diciembre, por el que se regulan las subvenciones para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco, para actividades de gestión del conocimiento para la intervención social.

El Decreto 271/2012, de 4 de diciembre, por el que se regulan las subvenciones para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco, al amparo de lo establecido en la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, entiende las actividades de intervención social como aquellas orientadas a proteger y promover la autonomía personal e integración comunitaria de todas las personas, familias, grupos y comunidades, y orienta al Gobierno Vasco en su labor de fomento de actividades realizadas por entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro preferentemente hacia aquellas de ámbito supraterritorial, es decir, las que tienen lugar a escala de toda la Comunidad Autónoma del País Vasco. Asimismo, el Decreto 271/2012, de 4 de diciembre, obliga al Departamento de Empleo y Políticas Sociales a tomar en consideración de forma especialmente atenta, en dicha labor de fomento, las perspectivas y políticas transversales de su específica responsabilidad, como son las relacionadas con la inclusión social, la familia, la infancia y adolescencia, la inmigración y la diversidad y libertad afectivo sexual, así como las que tienen que ver con la discapacidad y la dependencia, las personas mayores y, singularmente, la igualdad de género. En los términos antedichos, el Decreto antes citado regula en el apartado 1 de su artículo 4 tres líneas subvencionales, dos de las cuales han sido convocadas ya mediante Orden de 1 de marzo de 2017, de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, a saber, las relativas a las actividades de intervención social con personas, familias, grupos y comunidades y las referidas a las actividades para el fortalecimiento de la acción voluntaria y la participación asociativa en la intervención social. En la Ley 2/2017, de 11 de abril, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi existe crédito presupuestario suficiente en la partida presupuestaria 17.0.1.04.21.0000.4.454.99.31230.015.J para la convocatoria de la línea de gestión de conocimiento para la intervención social. Por lo tanto, la presente Orden tiene por objeto la convocatoria de las ayudas relativas a la tercera. línea subvencional prevista en el artículo 4.1 Decreto 271/2012, de 4 de diciembre, que es la referida a actividades de gestión del conocimiento para la intervención social. Con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las entidades interesadas están obligadas a realizar toda la tramitación que requiere este programa de ayudas de forma telemática. Por todo lo expuesto, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es la convocatoria de subvenciones para el año 2017 de actividades orientadas a la producción y adquisición de conocimiento útil para la intervención social, tales como programas formativos, proyectos de investigación, elabo

Publicación oficial en euskadi.eus

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