BOPV nº 143 · 2017-07-28 · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo
RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2017, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria para el año 2017 de ayudas para el desarrollo de la actividad de centros de empleo, en colaboración con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión del 26 de julio de 2017, ha aprobado la convocatoria para el año 2017 de ayudas para el desarrollo del Servicio Centro de Empleo, en colaboración con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y de conformidad con lo dispuesto en el apartado p) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación de la convocatoria para el año 2017 de ayudas para el desarrollo de la actividad de centros de empleo, en colaboración con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado en su sesión del 26 de julio de 2017, recogida como anexo a esta Resolución. Segundo Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria de ayudas surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, de 27 de julio de 2017. El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, JUAN JOSÉ BORJA BELANDIA FRADEJAS. ANEXO CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2017 DE AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD DE CENTROS DE EMPLEO, EN COLABORACIÓN CON LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO El pilar fundamental de la acción de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo es la atención individualizada y especializada de las personas usuarias de los servicios de empleo. Esa atención personalizada se constituye como la mejor garantía para la consecución de los objetivos de mejora de la empleabilidad de las personas en situación de desempleo y de calidad y mantenimiento del empleo de las personas ocupadas. La sociedad demanda servicios de orientación para el empleo que Lanbide, Servicio Vasco de Empleo está obligado a prestar. Los servicios de orientación para el empleo se definen como acciones y medidas de información, acompañamiento, motivación y asesoramiento que, teniendo en cuenta las circunstancias profesionales de la persona, le permitan determinar sus capacidades e intereses y gestionar su trayectoria individual de aprendizaje, la búsqueda de empleo o la puesta en práctica de iniciativas empresariales. La presente convocatoria asume las orientaciones propuestas en la Directriz F