BOPV nº 136 · 2017-07-18 · Trabajo y Justicia
RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2017, de la Directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la publicación, en el Boletín Oficial del País Vasco, del acuerdo suscrito por las organizaciones sindicales ELA, LAB, CCOO y UGT sobre designación de árbitros en materia electoral.
El mandato de las personas que vienen realizando las funciones de arbitraje para resolver las impugnaciones en materia electoral a las que se refiere el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto 2/2015, de 23 de octubre, y el artículo 28 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de condiciones de trabajo y participación del personal al servicios de las Administraciones Públicas, ha finalizado por el transcurso de cinco años desde su designación o, en algún caso, por haber comunicado su renuncia a la condición de árbitro/a. Con fecha 8 de junio de 2017, los representantes de las centrales sindicales ELA, LAB y CCOO, en su condición de sindicatos más representativos en el ámbito de la CAPV y de los tres Territorios Históricos que la integran, y de la organización sindical UGT, que ostenta más del 10 por ciento de representantes en los citados ámbitos, han suscrito el Acuerdo para designar a las personas que van a realizar la función de arbitraje por los que habrán de resolverse las impugnaciones que se planteen en las elecciones a órganos de representación de las y los trabajadores en las empresas y del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Para la designación de las personas que van a actuar como árbitros/as de elecciones sindicales se ha seguido el procedimiento previsto en el artículo 76.3 del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 28.3 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas (en vigor por aplicación de la disposición transitoria quinta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público), así como en el artículo 31 del Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa, aprobado por RD 1844/1994, de 9 de septiembre. El Decreto 84/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Justicia, asigna a la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, en calidad de autoridad laboral, las funciones de dirigir la Oficina Pública de Elecciones Sindicales, de conformidad con lo establecido en el Decreto 237/2000 de 28 de noviembre. Por ello, RESUELVO : Publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco las designaciones de las personas que van a actuar como árbitros/as para resolver las impugnaciones en materia electoral acordadas por los representantes de los sindicatos ELA, LAB, CCOO y UGT, según figura en el anexo de la presente Resolución. En Vitoria-Gasteiz, a 19 de junio de 2017. La Directora de Trabajo y Seguridad Social, MARÍA ELENA PÉREZ BARREDO. ANEXO Árbitros designados para el ámbito del Territorio Histórico de Álava: D. Eduardo Portillo Yabar. D. Miguel Angel Zulakia Balduz. Árbitros designados para el ámbito del Territorio Histórico de Bizkaia: D. José