BOPV nº 125 · 2017-07-03 · Educación

ORDEN de 20 de junio de 2017, de la Consejera de Educación, por la que se aprueba la adscripción a la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea del University Institute for Regenerative Medicine and Oral Implantology (UPV-EHU - Fundación Eduardo Anitua), como Instituto Universitario de Investigación.

La Comunidad Autónoma del País Vasco, en virtud del artículo 16 del Estatuto de Autonomía, tiene atribuida la competencia de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en conexión con la disposición adicional primera de la Constitución, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y por el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, establece en su artículo 10.4 que la adscripción a una universidad pública de los Institutos Universitarios de Investigación se podrá hacer mediante convenio que requerirá de la aprobación de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad, previo informe favorable de su Consejo Social. El Decreto 17/2011, de 15 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, recoge en los artículos 142 a 145 las modalidades de Institutos Universitarios de Investigación, entre las que se encuentran los Institutos Universitarios de Investigación adscritos, que son los dependientes de otros organismos públicos o privados que establezcan un convenio con la UPV/EHU en el que se fijan las formas de colaboración. El Acuerdo de 19 de julio de 2012, del Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por el que se aprueba el Reglamento Marco de los Institutos Universitarios de Investigación de la UPV/EHU, recoge en su artículo 2 las clases de Institutos Universitarios de Investigación, y en los artículos 26 a 29 distintos aspectos relacionados con su constitución, régimen jurídico, así como contenido del convenio de creación o adscripción. En base a la citada normativa, la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea solicita al Departamento de Educación del Gobierno Vasco la aprobación de la adscripción a la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea del «University Institute for Regenerative Medicine and Oral Implantology-UIRMI (UPV/EHU-Fundación Eduardo Anitua)», como Instituto Universitario de Investigación. El University Institute for Regenerative Medicine and Oral Implantology (UPV-EHU-Fundación Eduardo Anitua) (en adelante UIRMI), se concibe como un centro de investigación cuya estrategia se sustenta en dos grandes pilares: por una parte el desarrollo de una actividad investigadora de referencia en el ámbito de la medicina regenerativa, cirugía mínimamente invasiva e implantología oral y de su transferencia a la sociedad; y por otra, la formación de personal altamente cualificado impulsando actividades formativas de postgrado con proyección internacional. El objetivo general de la adscripción propuesta por

Publicación oficial en euskadi.eus

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