BOPV nº 120 · 2017-06-26 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda

ORDEN de 7 de junio de 2017, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la mejora de la información geográfica, realización de mapas municipales y su posterior difusión.

La presente Orden tiene por finalidad regular la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco con el objetivo de potenciar la mejora de la calidad de la información geográfica municipal mediante la recogida y digitalización de datos de interés general y de su publicación web, sin perjuicio de la posterior impresión del mapa en soporte papel, que es opcional para los Ayuntamientos. La Ley 2/2017, de 11 de abril, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2017, recoge entre los objetivos del programa de ordenación territorial, la información geográfica territorial y para su consecución prevé una partida presupuestaria denominada Subvenciones a ayuntamientos para la producción y mejora de la calidad de la información geográfica municipal dentro del Programa Marco «Udalen Informazio Geografikoa». A través de esta línea subvencional se pretende continuar con el programa puesto en marcha en 2014 por el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, a fin de que pueda haber canales de migración de datos municipales a un apartado del geoportal y los municipios puedan utilizar los datos geográficos que aporta la página del gobierno. Por su parte, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con fecha 22 de diciembre de 2016, el Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda dictó Orden por la que se prorroga para 2017 el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento del ejercicio 2016, el cual recoge esta línea subvencional. Por último, el Decreto el 77/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda atribuye en el artículo 13.2.p) a la Dirección de Planificación Territorial, Urbanismo y Regeneración Urbana, el ejercicio de la función de coordinar la producción de información geográfica en la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para disponer de datos geográficos armonizados y de calidad, identificando necesidades actuales y futuras y velando por la observancia de lo dispuesto por la normativa europea relativa a la infraestructura de información espacial de la Unión Europea (INSPIRE). Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en las demás disposiciones aplicables a las ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden establecer las bases reguladoras y convocar las subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco destinadas a cubrir en todo caso los gas

Publicación oficial en euskadi.eus

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