BOPV nº 118 · 2017-06-22 · Gobernanza Pública y Autogobierno
ORDEN de 25 de mayo de 2017, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la Fundación «Elkarrekin Ibiliz Fundazioa»
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la Fundación «Elkarrekin Ibiliz Fundazioa», sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 24 de febrero de 2017 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la Fundación «Elkarrekin Ibiliz Fundazioa», fundada por don Iñigo Díaz de Cerio Conejero. A la solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente. Segundo Mediante escrito de 8 de marzo de 2017, el Registro de Fundaciones requirió a la Fundación la subsanación de los defectos observados en la documentación remitida, teniendo entrada el 22 de mayo de 2017 en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno la documentación solicitada. Tercero La Comisión técnica de la Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco ha emitido el 22 de mayo de 2017 informe favorable referente a la licitud e interés general de los fines fundacionales, así como a la viabilidad económica de la Fundación, el cual ha sido ratificado por dicho Protectorado. Cuarto Los fines de la Fundación, según establece el artículo 3 de sus estatutos, son el apoyo, asistencia y orientación de los y las deportistas de alto nivel, de alto rendimiento, deportistas promesas o con expectativas de llegar al alto nivel o rendimiento en todas las facetas de su vida, tanto deportivas como formativas, laborales, económicas o personales. Quinto Conforme dispone el artículo 4 de los estatutos, el domicilio fundacional queda fijado en el Parque Empresarial Zuatzu, Edificio Urgull, 1.ª planta, local 3, de Donostia / San Sebastián (Gipuzkoa), desarrollando la Fundación principalmente sus actividades en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Sexto La dotación inicial asciende a la cantidad de 50.000 euros, aportados por el fundador. Séptimo El Patronato inicial, conforme se establece en la escritura de constitución fundacional, está compuesto por los siguientes miembros: Presidente: don Iñigo Díaz de Cerio Conejero. Vicepresidente: don José Tomás Guerrero Iglesias. Secretaria: doña Edurne Fernández Iriarte. Todos las personas nombradas han aceptado sus cargos, mediante alguna de las formas previstas en el artículo 16.2 de la Ley 9/2016, de 9 de junio, de Fundaciones del País Vasco. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero Corresponde al Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, artículo 6.1.m) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación