BOPV nº 114 · 2017-06-16 · Hacienda y Economía

DECRETO 168/2017, de 13 de junio, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Hacienda y Economía.

El Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, determina en su artículo 10 las funciones y áreas de actuación correspondientes al Departamento de Hacienda y Economía. De conformidad con lo previsto en la disposición final primera de dicha norma, el presente Decreto establece la estructura y funciones del citado departamento, siguiendo los criterios organizativos y previsiones señalados en la referida disposición. Dicha estructura se articula en dos Viceconsejerías que atienden las principales áreas del departamento a las cuales se une la Oficina de Control Económico que, con el mismo nivel orgánico, fiscaliza la actividad económica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi de conformidad con su ley de creación y sus posteriores desarrollos. A la Viceconsejería de Economía, Finanzas y Presupuestos se encomienda la dirección y coordinación de la planificación económica a medio plazo del Gobierno. Igualmente, le corresponden las funciones de dirección y coordinación de las políticas de estudios económicos, coyuntura y previsión económica, de la programación en materia de presupuesto y gasto público en seguimiento de políticas estructurales marcadas por el ejecutivo vasco, de las actuaciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de política regional y fondos comunitarios, y de la defensa de la competencia. También se ocupa de las competencias departamentales derivadas de las áreas de actuación que tienen relación con la política financiera y las relaciones con las entidades financieras, las entidades de previsión social, así como con el endeudamiento, la prestación de garantías y el régimen de la Tesorería General del País Vasco. Por otro lado, se ocupa de la elaboración, gestión general, seguimiento y ejecución de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. La Viceconsejería de Hacienda, por su parte, es el órgano en el que se concentran las competencias y funciones que se derivan para esta Administración en lo que atañe al Concierto Económico, Cupo al Estado y Aportaciones de los Territorios Históricos, constituyéndose, al mismo tiempo, como el órgano competente en lo relativo a la valoración de las competencias y/o servicios objeto de transferencias entre la Comunidad Autónoma de Euskadi, la Administración del Estado y otros Entes Territoriales. Al propio tiempo, dirige y supervisa la Administración Tributaria de la Administración de la Comunidad Autónoma y el régimen de las reclamaciones económico-administrativas a través de los órganos establecidos al efecto. Asimismo, son dirigidos por este órgano los regímenes generales derivados de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio, contratación y gestión de riesgos y seguros. La estructura orgánica del departamento se comple

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