BOPV nº 113 · 2017-06-15 · Desarrollo Económico e Infraestructuras

Orden de 17 de mayo de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan para el ejercicio 2017, las ayudas a los alojamientos destinados a las personas trabajadoras que presten servicios de temporada en el sector agropecuario, previstas en el Decreto 62/2007, de 17 de abril.

El Decreto 62/2007, de 17 de abril, de ayudas a los alojamientos destinados a las personas trabajadoras que presten servicios de temporada en el sector agropecuario, tiene por objeto la regulación del régimen de ayudas de minimis a la construcción, acondicionamiento, mejora o equipamiento de los alojamientos destinados a las personas trabajadoras que presten servicios de temporada en explotaciones agropecuarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El artículo 8 dispone que anualmente, mediante Orden de la persona titular del actual Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras se abrirá el plazo de presentación de solicitudes. Dicha orden contendrá el plazo de presentación de solicitudes, la dotación global máxima destinada a la totalidad de las ayudas y, en su caso, el desglose plurianual de la misma, la concreción de los criterios objetivos utilizados para la determinación de la cuantía de las ayudas y su ponderación y determinará la documentación a presentar de entre la prevista en el artículo 7, párrafo 2, en función de los criterios objetivos elegidos en cada convocatoria. Por todo lo cual, existiendo en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2017 disponibilidad de un crédito de pago destinado a la financiación de estas ayudas y teniendo en cuenta la normativa sobre subvenciones de aplicación en la Comunidad Autónoma del País Vasco, RESUELVO : Primero Objeto. Es objeto de la presente Orden convocar, para el ejercicio 2017, las ayudas previstas en el Decreto 62/2007, de 17 de abril, de ayudas a los alojamientos destinados a las personas trabajadoras que presten servicios de temporada en el sector agropecuario. Segundo Plazo de presentación de las solicitudes y documentación. El plazo de presentación de las solicitudes para acceder a la convocatoria de ayudas previstas en el Decreto 62/2007, de 17 de abril, para el año 2017, será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco. El impreso de solicitud se encuentra disponible en la página web: www.nasdap.ejgv.euskadi.eus Las solicitudes se deberán presentar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 62/2007, de 17 de abril, junto con la siguiente documentación: a) Fotocopia del DNI del solicitante, en el supuesto de ser persona física. b) Fotocopia del DNI y de la escritura de apoderamiento del representante legal, en el supuesto de ser persona jurídica, así como fotocopia de los estatutos de la entidad y de su inscripción en el registro correspondiente. c) Memoria descriptiva de la inversión o gasto a acometer en el que se incluya la previsión de los plazos de ejecución, localización, financiación, así como un presupuesto debidamente detallado. d) Alta a Terceros. e) Copia del proyecto de obra, licencia y permiso municipal, en su caso. f) Certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. g) En su caso, copia del

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