BOPV nº 108 · 2017-06-08 · Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute

RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2017, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se establece el procedimiento para la concesión de subvenciones para la difusión de las artes plásticas y visuales, la música y la danza en 2017 fuera del ámbito territorial del euskera.

La Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute Etxepare (en adelante IVE) dispone en el artículo 3.b) que dicho Instituto tiene como fin: «Contribuir a dar a conocer y difundir en el exterior la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión, promoviendo en especial la cultura creada en euskera». Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 88/2008, de 13 de mayo de 2008, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del IVE, corresponde a dicho Instituto la difusión y promoción de la cultura vasca fuera de la Comunidad Autónoma Vasca. Dicho decreto establece en su artículo 19.2 que el área de Promoción de la Cultura Vasca abarca los ámbitos de la música, las artes escénicas, el cine, la arquitectura y el diseño. Por otro lado, el apartado f) del citado artículo establece que entre las funciones del IVE se encuentra el diseño de programas de ayuda para los agentes culturales con el objetivo de dar a conocer la creación vasca en la escena internacional. Por todo lo expuesto, de conformidad con las competencias de actuación del IVE, se ha considerado interesante establecer el procedimiento para la adjudicación de subvenciones para la participación en actividades relacionadas con las artes plásticas y visuales, la música y la danza fuera del ámbito territorial del euskera. En virtud de lo cual RESUELVO : CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución establecer el procedimiento para la concesión de subvenciones para la difusión de las artes plásticas y visuales, la música, y la danza en 2017 fuera del ámbito territorial del euskera. Artículo 2 Modalidades de convocatoria: Capítulo II: Artes plásticas y visuales. Capítulo III: Música. Capítulo IV: Danza. Artículo 3 Recursos económicos. El importe global máximo de esta convocatoria ascenderá a doscientos dieciséis mil (216.000) euros, y dicho importe se desglosará de la siguiente manera, según las modalidades: a) Para las artes plásticas y visuales: cincuenta y tres mil (53.000) euros b) Para giras musicales y conciertos extraordinarios: ciento treinta mil (130.000) euros. Ciento diez mil (110.000) para giras musicales. Veinte mil (20.000) para conciertos extraordinarios. c) Para la danza: treinta y tres mil (33.000) euros. Sea cual fuere la dotación adjudicada en cada modalidad de la presente Resolución, si no se agota la cantidad establecida, bien porque no se haya presentado ninguna solicitud, bien porque las personas solicitantes no cumplen los requisitos, el importe de la subvención para una modalidad podrá ser incrementado con el importe sobrante de otra modalidad, siempre que dicha modalidad no se haya resuelto aún, mediante resolución de la directora del IVE. En este caso, la modalidad en la que hubiere mayor diferencia entre solicitudes presentadas y disponibilidad presupuestaria se

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV