BOPV nº 95 · 2017-05-22 · Trabajo y Justicia
RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2017, de la Directora de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Trabajo y Justicia, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del Convenio Colectivo de Esergui S.A. para el Centro de Trabajo de Zierbana y Centro de Trabajo de Donostia.
ANTECEDENTES Primero El día 21 de febrero de 2017 se ha presentado en Regcon, la documentación preceptiva referida al convenio antes citado, por el representante de la Comisión Negociadora. Segundo Con fecha 16 de marzo de 2017, se requirió su subsanación a la Comisión Negociadora, que fue cumplimentado en Regcon el 23 de marzo de 2017. Tercero Se ha nombrado por los firmantes del citado Acuerdo, la persona que ha de proceder a tramitar la solicitud de depósito, registro y publicación. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La competencia prevista en el artículo 90.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24-10-2015) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación y áreas de actuación de los mismos que en su artículo 16 crea el Departamento de Trabajo y Justicia y establece en su Disposición Transitoria Primera la vigencia de los reglamentos orgánicos, siendo de aplicación el artículo 11.i del Decreto 191/2013, de 9 de abril, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero y el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo sobre registro de convenios colectivos. Segundo El convenio ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores. En su virtud, RESUELVO : Primero Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos del País Vasco, con notificación a las partes. Segundo Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 4 de abril de 2017. La Directora de Trabajo y Seguridad Social, MARÍA ELENA PÉREZ BARREDO. CONVENIO COLECTIVO DE ESERGUI, S.A. CENTRO DE TRABAJO DE ZIERBENA Y CENTRO DE TRABAJO DE DONOSTIA CAPÍTULO 1 ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1 Determinación de las partes. El presente Convenio Colectivo se suscribe entre la representación legal de los trabajadores y trabajadoras de la empresa Esergui S. A. en sus centros de trabajo de Zierbena situado en Explanada Punta Ceballos s/n y Punta Lucero s/n y de Donostia situado en Polg. Zuatzu edificio Ulia Plt. 1.º n.º 14 y la representación legal de la empresa. Artículo 2 Ámbito funcional, territorial y personal. El presente Convenio Colectivo será de aplicación a todos los trabajadores y trabajadoras de la Empresa Esergui, S.A. del centro de trabajo de Bilbao, ubicado en Explanada Punta Ceballos s/n y Punta Lucero s/n de la localidad de Zierbena y del centro de trabajo de Donostia situado en P. Zuatzu edificio Ulia Pl 1.º n.º 14 y la representación legal de la empresa. Artículo 3 Ámbito temporal. El presente Convenio Colectivo tiene una duración de 2 años, extendiéndose su eficacia desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2016. Artículo 4 Vigencia, denuncia y prorroga. Una vez finalizada la