BOPV nº 90 · 2017-05-15 · IVAP

RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2017, de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se convoca a los cursos de euskera de 2017-2018 al personal de los entes públicos con convenio de colaboración con el IVAP.

RESUELVO : Artículo único Aprobar la convocatoria de cursos para los perfiles lingüísticos uno, dos, tres y cuatro, dirigidos al personal de los entes públicos con convenio de colaboración con el IVAP durante el curso 2017-2018, de acuerdo con lo dispuesto en los Anexos I, II y III. En Vitoria-Gasteiz, a 8 de mayo de 2017. La Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, MARÍA TERESA IRURETAGOYENA IBARGUREN. ANEXO I BASES Primera Objetivo. Promover e impulsar la capacitación lingüística del personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma Vasca. Segunda Personal destinatario. Podrá participar en esta convocatoria el personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma Vasca que tengan suscrito un convenio de colaboración con el IVAP, siguiendo la Orden de 30 de noviembre de 2005 del Consejero de Hacienda y Administración Pública, en la cual, por una lado, se regula el servicio de formación lingüística que ofrecerá el Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP) a los entes públicos de la Comunidad Autónoma Vasca y, por otro, se fijan las normas para la recepción de ayudas por sustitución de empleados municipales que asistan a cursos de euskera (BOPV: 19-12-2005). También podrá participar en esta convocatoria el personal de La Agencia Vasca del Agua y de La Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo. El IVAP financiará la formación lingüística ofertada en esta Resolución dentro de su disponibilidad presupuestaria. En el caso de que dicha disponibilidad no fuera suficiente, el IVAP aplicará los criterios de prioridad previstos en la normativa vigente, establecidos en el artículo 3 de la Orden de 30 de noviembre de 2005. Tercera Convocatorias para el curso 2017-2018. El IVAP publicará dos convocatorias para el curso 2017-2018. La presente convocatoria es la principal del curso 2017-2018 y lo regula en su totalidad. La oferta de cursos se extiende tanto al horario laboral como al horario extralaboral. En lo referente a los cursos de PL4, ésta es la única convocatoria para el curso 2017-2018. En lo que a los cursos de autoaprendizaje se refiere, ésta es también la única convocatoria para el curso 2017-2018. La oferta para el segundo cuatrimestre del curso 2017-2018 se llevará a cabo mediante una convocatoria complementaria que se publicará en el mes de noviembre. En dicha convocatoria de noviembre se podrá solicitar la escolarización a partir de febrero, en las siguientes condiciones: Salvo en casos excepcionales, quienes no hayan iniciado el curso en octubre tampoco podrán iniciar un curso de dos horas en febrero. Quienes no inicien el curso en octubre, en febrero únicamente podrán solicitar cursos intensivos, es decir, cursos de cinco horas o de internado. Las personas que inicien el curso en octubre podrán solicitar en febrero tanto un curso intensivo como un cambio de módulo para los cursos de febrero, es decir, el cambio de un módulo intensivo a un módulo de dos horas, o viceversa. En la convocatoria de noviembre no se po

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