BOPV nº 86 · 2017-05-09 · Hacienda y Economía
ORDEN de 24 de abril de 2017, de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales y del Consejero de Hacienda y Economía, por la que se designan los miembros de la Mesa de contratación del Departamento de Empleo y Políticas Sociales.
En virtud de la Orden de 19 de mayo de 2010, del Consejero de Economía y Hacienda y de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, se crearon las Mesas de contratación del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales y del Organismo Autónomo Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, y dicha orden fue a su vez posteriormente modificada por Orden de 29 de abril de 2014, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales y del Consejero de Hacienda y Finanzas. La entrada en vigor del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, ha supuesto modificaciones en la configuración de la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Dentro de dicha estructura se contempla el Departamento de Empleo y Políticas Sociales que, en sustitución del extinto departamento del mismo nombre, y a diferencia de las funciones y áreas de actuación atribuidas a este último, pasa a incorporar entre los ámbitos de su competencia el referido a juventud y, por el contrario, excluye como áreas competenciales las referidas a: vivienda, suelo y urbanización afectos a vivienda; arquitectura, edificación, sostenibilidad y calidad en la construcción; promoción de la accesibilidad; ejecución de la legislación laboral en materia de relaciones laborales; economía social: cooperativas, sociedades anónimas laborales y economía solidaria; responsabilidad social empresarial; y, por último, Seguridad Social en los términos previstos en el Estatuto de Autonomía. Por otra parte, mediante el Decreto 75/2017 de 11 de abril, se ha procedido a la aprobación de la nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales. En consecuencia con lo anteriormente expuesto, la reestructuración de departamentos del Gobierno Vasco, operada en virtud del citado Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, y la aprobación del nuevo decreto por el que regula la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales hacen necesaria la reconfiguración de la Mesa o Mesas de Contratación que asistan a los órganos de contratación del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, adecuándolas al ámbito de competencias que actualmente ostenta. Por otra parte, la Disposición Adicional Séptima del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en vigor a partir del 1 de octubre de 2016, dispone que en el plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor, las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi que tengan la consideración de Administraciones Públicas procederán a adecuar la estructura de las mesas de contratación a las previsiones del artículo 8 del citado Decreto. En su virtud, previo informe de la Junta Asesora de Contratación Pública de la Co