BOPV nº 83 · 2017-05-04 · Instituto Vasco de Consumo

RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2017, de la Directora de Kontsumobide, de modificación de la Resolución de 7 de julio de 2016, del Director de Kontsumobide, por la que se otorgan subvenciones destinadas a organizaciones de personas consumidoras para sufragar los gastos de funcionamiento, de asistencia jurídica y de realización de proyectos de consumo en el ejercicio 2016.

Primero Por Resolución de 16 de diciembre de 2015, del Director de Kontsumobide, se hace pública la convocatoria de ayudas económicas destinadas a las Organizaciones de Personas Consumidoras para sufragar los gastos de funcionamiento, de asistencia jurídica y de realización de proyectos de consumo para el ejercicio 2016. Segundo Dentro del periodo establecido en la Resolución de 16 de diciembre de 2015 tuvieron entrada en Kontsumobide solicitudes de ayuda acogiéndose a la citada Resolución, de las siguientes entidades y por los siguientes importes. (Véase el .PDF) Tercero Por Resolución de 7 de julio de 2016, del Director de Kontsumobide, se concedieron las siguientes ayudas económicas FEDERACION DE CONSUMIDORES DE EUSKADI EKE (Véase el .PDF) UNION DE CONSUMIDORES DE EUSKADI - UCE (Véase el .PDF) ASOCIACION DE PERSONAS CONSUMIDORAS Y USUARIAS VASCA ACUV/EKA (Véase el .PDF) Cuarto De acuerdo con el artículo 16 de la Resolución de 16 de diciembre de 2015 el pago del 75% de la subvención se otorgó en el momento en que recayó resolución favorable, quedando pendiente el 25% restante a la justificación del gasto. Quinto Las entidades beneficiarias han justificado la subvención concedida, habiéndose producido las siguientes desviaciones entre la justificación y el presupuesto admitido para realizar el cálculo de la subvención. FEDERACION DE CONSUMIDORES DE EUSKADI EKE (Véase el .PDF) UNION DE CONSUMIDORES DE EUSKADI - UCE (Véase el .PDF) ASOCIACION DE PERSONAS CONSUMIDORAS Y USUARIAS VASCA ACUV/EKA (Véase el .PDF) Sexto El artículo 17 de la Resolución de 16 de diciembre de 2015 establece que si en la justificación de los gastos se produce una desviación superior al 25% dará lugar a la pérdida del derecho a la subvención excepto en el caso de que se justifique que se han cumplido todos los objetivos por los cuales se concedió la ayuda económica. Procediéndose, en este supuesto, a la minoración de la cuantía de la subvención concedida, de tal manera que se aplicará a la cantidad realmente gastada el mismo porcentaje que se aplicó a la cantidad presupuestada para el cálculo de la subvención. Séptimo La Federación de Consumidores de Euskadi EKE, la Union de Consumidores de Euskadi UCE y la Asociacion de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca ACUV/EKA han cumplido con todos los objetivos por los cuales se concedió la ayuda económica. Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y especial aplicación, por la presente la Directora de Kontsumobide, DISPONE Modificar las cuantías concedidas a la Federación de Consumidores de Euskadi EKE, la Union de Consumidores de Euskadi UCE y la Asociacion de Personas Consumidoras y Usuarias VASCA ACUV/EKA en la resolución de 7 de julio de 2016, en los siguientes conceptos y cantidades. FEDERACION DE CONSUMIDORES DE EUSKADI EKE (Véase el .PDF) UNION DE CONSUMIDORES DE EUSKADI - UCE (Véase el .PDF) ASOCIACION DE PERSONAS CONSUMIDORAS Y USUARIAS VASCA ACUV/EKA (Véase el .PDF) Contra la presente Resoluci

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