BOPV nº 83 · 2017-05-04 · Lehendakaritza

RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2017, de la Secretaria General de Acción Exterior, por la que se convoca el programa Gaztemundu, en su edición de 2017.

El Decreto 316/2003, de 23 de diciembre (BOPV n.º 8, de 14 de enero de 2004), modificado por el Decreto 38/2015, de 31 de marzo (BOPV n.º 65, de 9 de abril de 2015), regula el programa Gaztemundu, que consiste en una estancia en Euskadi, como forma de acercamiento a su realidad actual, financiada por la Administración General de la Comunidad Autónoma. Durante dicha estancia, las personas beneficiarias deberán participar en las jornadas de trabajo, los foros de debate y en las visitas culturales, institucionales y turísticas que se organicen. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del citado Decreto, procede convocar el programa para el ejercicio 2017. Por lo tanto, RESUELVO : Artículo único Convocatoria. Convocar, con un importe de 50.000 euros, el programa Gaztemundu de estancia en Euskadi para jóvenes de Centros Vascos, en su edición de 2017, con arreglo a las Bases que se aprueban y figuran en el Anexo único. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA En lo no previsto en la presente Resolución y en el Decreto 316/2003, de 23 de diciembre, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre y en la regulación básica establecida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 25 de abril de 2017. La Secretaria General de Acción Exterior, MARÍA ÁNGELES ELORZA ZUBIRÍA. ANEXO BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA GAZTEMUNDU 2017 Primera Objeto. Las presentes bases tienen por objeto convocar el programa Gaztemundu consistente en una estancia en Euskadi entre el 2 y el 17 de septiembre de 2017, para jóvenes que cumplan los requisitos establecidos en el artículo siguiente. El tema formativo para esta edición gira en torno a los instrumentos musicales de raíz tradicional, en cumplimiento de lo establecido en el Plan Cuatrienal de Acción Institucional 2016-2019, aprobado por el Consejo Asesor de Relaciones con las Colectividades Vascas. El número má

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