BOPV nº 77 · 2017-04-24 · Trabajo y Justicia
RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2017, de la Directora de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Trabajo y Justicia, por la que se ordena el depósito de la documentación de modificación y de los estatutos del Sindicato Independiente Vasco de Enseñanza / Euskal Sindikatu Irakaskuntzarako Eskukoa (SIVE-ESIE) y se da publicidad del mismo.
Visto el expediente incoado en esta Oficina Pública de Depósito de Estatutos de Organizaciones Sindicales y Empresariales, sobre depósito de la documentación relativa a la modificación de Estatutos del Sindicato Independiente Vasco de Enseñanza / Euskal Sindikatu Irakaskuntzarako Eskukoa (SIVE-ESIE) presentada por su secretario, se ha dictado la siguiente Resolución en base a los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero En el día 16 de marzo de 2017 se ha presentado la documentación por la que se solicita el depósito de la documentación relativa a la modificación de Estatutos y de los Estatutos de la citada asociación sindical. Segundo La documentación presentada es conforme a lo establecido en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales y consta de instancia de solicitud de depósito, certificado del acta de la asamblea general ordinaria acordando la modificación, los estatutos modificados así como la documentación acreditativa de la identidad de las personas firmantes. Tercero Su ámbito de actuación territorial es la Comunidad Autónoma de Euskadi según se establece en el artículo 2.º de sus Estatutos. A los hechos relacionados les son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero El Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación y áreas de actuación de los mismos, crea en su artículo 16 el Departamento de Trabajo y Justicia al que se le asignan entre otras funciones y áreas de ejecución de la legislación laboral en materia de relaciones laborales, y establece en su Disposición Transitoria Primera que en tanto se lleve a efecto la aprobación de los respectivos reglamentos orgánicos Disposición Final Primera-, conservarán su vigencia las normas orgánicas que determinan la estructura y funciones de los Departamentos del Gobierno, siendo de aplicación el artículo 11.m) del Decreto 191/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, que atribuye a este órgano la competencia para Dirigir la Oficina Pública correspondiente al Depósito de los Estatutos de las Organizaciones Sindicales y Empresariales de ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Segundo La normativa sustantiva aplicable en el presente procedimiento administrativo es la recogida en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales. Tercero Analizada la documentación presentada a depósito se constata su adecuación a derecho y, en consecuencia, procede la admisión a depósito de la documentación relativa al certificado del acuerdo de Modificación de los Estatutos y de los Estatutos modificados de la referida asociación sindical, así como dar publicidad a este