BOPV nº 76 · 2017-04-21 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 44/2017, de 3 de abril, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito con la Administración General del Estado para la prestación mutua de soluciones básicas de administración electrónica.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito con la Administración General del Estado para la prestación mutua de soluciones básicas de administración electrónica, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 3 de abril de 2017. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 44/2017, DE 3 DE ABRIL, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (SECRETARIA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIGITAL) PARA LA PRESTACIÓN MUTUA DE SOLUCIONES BÁSICAS DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA REUNIDOS De una parte, D. Domingo Molina Moscoso, Secretario General de Administración Digital, nombrado para este cargo por el Real Decreto 685/2016, de 16 de diciembre, actuando en nombre y en representación de la Secretaría General de Administración Digital (SGAD) adscrita a la Secretaria de Estado de Función Pública, del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en ejercicio de las competencias atribuidas. De otra parte, D. Josu Iñaki Erkoreka Gervasio, Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno de la Comunidad Autónoma de Euskadi, actuando en ejercicio de las competencias que le han sido atribuidas al efecto por el Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, y por el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y conforme se dispone en el artículo 26.1 Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno, respecto a ejercer la representación del Departamento del que es titular en las competencias que le estén legalmente atribuidas. Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente Convenio y en su virtud EXPONEN: Primero Que el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece como uno de los principios generales de actuación de las Administraciones Públicas, el principio de cooperación, colaboración y coordinación y, la propia Ley regula, en su capítulo VI del Título Preliminar, el Convenio como instrumento con efectos jurídicos para la formalización de acuerdos entre Administraciones para un fin común. Segundo Que, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, la Secretaría de Estado de Función Pública asume, en materia TIC, las funciones de la anti

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