BOPV nº 76 · 2017-04-21 · Turismo, Comercio y Consumo

DECRETO 81/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo.

El Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, establece en su Disposición Final Primera que los Consejeros y Consejeras procederán a presentar al Lehendakari para su aprobación, con anterioridad al 31 de marzo de 2017, los proyectos de reglamentos orgánicos de sus respectivos Departamentos, que se adecuarán a los principios inspiradores y a los objetivos previstos en el programa del Gobierno para cada una de las áreas de actuación asignadas a los mismos y a continuación fija los criterios organizativos que deberán seguir dichos reglamentos. El organigrama que presenta el nuevo Departamento de Turismo, Comercio y Consumo responde a la necesidad de adecuar las funciones y áreas de actuación desglosadas en el artículo 1 del presente Decreto a una estructura capaz de llevar a la práctica las mismas. Esta estructura se compone de los órganos y unidades de la Viceconsejería de Comercio y Turismo del extinto Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, así como por las unidades y medios materiales y personales de la Dirección de Servicios y de la Dirección de Gabinete y Comunicación que desarrollan funciones y que están adscritos a las áreas de actuación señaladas en el presente Decreto. Para la determinación de la estructura se han tenido en cuenta las orientaciones, principios y criterios de diseño organizativo del Manual de Organización elaborado por la Dirección de Innovación y Administración Electrónica en el marco del Plan de Innovación Pública. Mediante la estructura prevista se pretende centrar la gestión en la promoción del turismo, de la hostelería y del comercio, incentivar sus sinergias y mejorar su interrelación con el área de consumo. Para ello, se plantea la coordinación de todos los ámbitos a nivel de los órganos superiores del Departamento, lo cual permitirá formular políticas transversales, orientadas a las demandas de la sociedad, tanto de las personas consumidoras y usuarias como de las empresas y profesionales, y al óptimo aprovechamiento de los recursos humanos y materiales disponibles. En su virtud, a propuesta del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, previa aprobación del Lehendakari, y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 11 de abril de 2017, DISPONGO : CAPÍTULO I DE LA ORGANIZACIÓN GENERAL Artículo 1 Funciones y áreas de actuación. El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo, en desarrollo del artículo 13 del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, ejercerá sus funciones sobre las siguientes materias, dentro siempre de las competencias que corresponden a la Administración Ge

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV